La Audiencia de Sevilla impone un año de cárcel a una pareja que ocupó una vivienda en Mairena del Aljarafe aprovechando la ausencia de su propietaria y presentó un contrato de alquiler falso para intentar justificar su permanencia. Deberán abandonar el inmueble en el plazo máximo de un mes.
La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a una pareja de okupas a un año de prisión tras considerar probado que ocupó ilegalmente una vivienda en Mairena del Aljarafe y posteriormente falsificó un contrato de alquiler inexistente con el objetivo de aparentar que residían legalmente en el inmueble.
La sentencia pone fin a un proceso judicial que se prolongó durante meses y que culmina con una resolución contundente contra los condenados, quienes además deberán desalojar la vivienda en un plazo máximo de un mes. En caso de incumplir la orden judicial, podrían ingresar en prisión para cumplir la pena impuesta.
Aprovecharon la ausencia de la propietaria para ocupar la vivienda
Según recoge la resolución judicial, la pareja aprovechó que la propietaria había tenido que trasladarse temporalmente por motivos laborales a otra localidad para entrar en la vivienda sin autorización y establecerse en ella.
Cuando la dueña intentó recuperar su inmueble, los ocupantes aseguraron disponer de un supuesto contrato de arrendamiento que, tras la investigación judicial, resultó ser completamente falso.
La Audiencia considera acreditado que dicho documento fue elaborado únicamente para intentar dificultar el desalojo y aparentar una relación contractual que nunca existió.
El tribunal aprecia falsedad documental
Además del delito relacionado con la ocupación ilegal de la vivienda, los magistrados consideran probado que los acusados incurrieron en un delito de falsedad documental, al presentar un contrato de alquiler inexistente para justificar su permanencia en el inmueble.
La sentencia destaca que nunca existió acuerdo alguno entre la propietaria y los condenados, ni se abonó renta alguna que acreditara una relación de arrendamiento.
Un mes para abandonar la vivienda
La resolución judicial establece que la pareja dispone de un plazo máximo de un mes para abandonar voluntariamente el inmueble.
Si transcurrido ese periodo continúan ocupando la vivienda, la ejecución de la sentencia podría implicar el ingreso efectivo en prisión, además del correspondiente lanzamiento judicial para devolver la posesión a su legítima propietaria.
Un fallo que refuerza la respuesta judicial frente a la ocupación ilegal
La decisión de la Audiencia de Sevilla se produce en un momento en el que la ocupación ilegal de viviendas continúa generando un intenso debate político y jurídico en España.
La sentencia adquiere especial relevancia porque no solo sanciona la ocupación del inmueble, sino también el uso de documentación presuntamente manipulada para intentar bloquear la recuperación de la vivienda, una práctica que los tribunales vienen persiguiendo con creciente firmeza.

