Una academia de inglés con sedes en Galicia deberá reincorporar a dos docentes tras una sentencia que destapa represión sindical encubierta bajo supuestas causas económicas.

La Justicia tumba el argumento empresarial

La polémica estalla en Santiago de Compostela, donde una academia de inglés ha sido condenada a readmitir a dos profesores despedidos y a abonarles tanto los salarios dejados de percibir como una indemnización de 7 501 euros a cada uno.

El fallo, ratificado por el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), confirma la sentencia previa del Juzgado de lo Social número 2 y concluye que el despido fue nulo por vulneración de derechos fundamentales, concretamente la libertad sindical y el derecho a huelga.

La empresa había alegado una supuesta caída continuada del número de alumnos —de 500 a 269 en cuatro cursos— para justificar una reestructuración interna. Sin embargo, los tribunales han desmontado este argumento al comprobar que no existía una bajada real de ingresos que justificase los despidos.

El detalle que delató a la empresa

Uno de los elementos clave del caso fue el contenido de la propia carta de despido. En ella, la empresa reconocía implícitamente la “dificultad probatoria” de sus argumentos y ofrecía una indemnización similar a la de un despido improcedente.

Las cantidades ofrecidas —1 309,55 euros y 667,62 euros— contrastan de forma evidente con la indemnización final impuesta por la Justicia, lo que refuerza la tesis judicial de que la empresa trató de cerrar el conflicto sin llegar a juicio.

Organización sindical y huelga: el verdadero detonante

El aspecto más controvertido del caso es el contexto en el que se produjeron los despidos. Ambos profesores eran representantes sindicales tras la creación de una sección de la Confederación Nacional do Traballo (CNT) dentro de la empresa.

Además, habían impulsado una campaña de reivindicación salarial que culminó en la convocatoria de una huelga. Para los magistrados, este hecho constituye un indicio sólido de represalia empresarial, algo que la compañía no logró desmentir.

El tribunal es claro: existe un “principio de prueba suficiente” de que se vulneraron derechos fundamentales, lo que convierte el despido en radicalmente nulo.

Un caso que reabre el debate laboral en España

Este fallo vuelve a poner sobre la mesa una cuestión incómoda: ¿se utilizan las causas económicas como excusa para frenar la actividad sindical?

Mientras algunos sectores defienden la necesidad de flexibilidad empresarial en contextos económicos complicados, resoluciones como esta evidencian que los tribunales están vigilando de cerca posibles abusos.

En un contexto de creciente conflictividad laboral y presión sindical en ciertos sectores, la sentencia marca un precedente claro: la organización de los trabajadores no puede ser castigada bajo ningún pretexto.

Claves del caso

  • Despido declarado nulo por vulneración de derechos fundamentales
  • Obligación de readmisión inmediata
  • Pago de salarios atrasados + 7 501 euros de indemnización
  • Argumento empresarial de crisis económica rechazado por falta de pruebas
  • Contexto de actividad sindical y huelga determinante en el fallo

¿Estamos ante un caso aislado o frente a una práctica más extendida de presión empresarial contra la organización sindical?

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