La campaña de declaración de la renta para el ejercicio de **2025** comenzó el pasado **8 de abril**. La Agencia Tributaria establece que los propietarios de viviendas en alquiler deben tributar por el **IRPF** de las rentas, incluso si estas no son abonadas por el inquilino. Esta normativa ha generado controversia, especialmente entre los propietarios que enfrentan la ocupación de sus inmuebles.

Según el Tribunal Económico-Administrativo Central, en una resolución emitida en junio, los propietarios están obligados a declarar las rentas del alquiler aunque no las hayan recibido. Este tribunal indica que los arrendamientos son considerados rendimientos del capital inmobiliario, debiendo imputarse en los periodos impositivos en los que resultan exigibles.

El TEAC sostiene que el deber de tributar no depende de si el importe ha sido cobrado, sino del derecho a percibir dichas rentas. La Asociación de Propietarios de Viviendas en Alquiler (Asval) ha señalado que, aunque la normativa exige el pago por alquileres no percibidos, permite a los propietarios incluir los saldos impagados como deducción en el IRPF tras seis meses de reclamación formal.

Desde Asval se advierte que esta situación agrava las dudas de muchos propietarios sobre continuar arrendando sus viviendas, debido al desbalance entre los derechos de arrendadores e inquilinos, sumado a la limitada oferta de vivienda disponible. La asociación también argumenta que deberían implementarse medidas excepcionales que alivien la carga fiscal sobre propietarios cuyos contratos de alquiler no están siendo cumplidos.

El desincentivo fiscal para los propietarios podría impactar negativamente en la oferta de vivienda de alquiler. Un 34 % de los propietarios indica que podría retirar sus inmuebles del mercado de alquiler al finalizar los contratos en curso. A pesar de estas preocupaciones, el Gobierno ha centrado sus esfuerzos en ofrecer ayudas directas para cubrir impagos en lugar de abordar el equilibrio de derechos entre arrendadores y arrendatarios.

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