La reforma del Reglamento General de Circulación introduce desde el 1 de octubre de 2026 nuevas obligaciones para los usuarios de patinetes eléctricos: casco, edad mínima de 15 años y elementos reflectantes. A ello se suman el registro y el seguro obligatorio de los VMP, ya implantados este año.
Los usuarios de patinetes eléctricos en España afrontan un importante cambio normativo. A partir del 1 de octubre de 2026 entrará en vigor buena parte de la reforma del Reglamento General de Circulación aprobada por el Gobierno, que endurece las condiciones para conducir Vehículos de Movilidad Personal (VMP).
La fecha es importante porque desde octubre serán obligatorios a escala nacional requisitos como el casco de protección, una edad mínima de 15 años y el uso de chaleco reflectante durante la noche o cuando exista poca visibilidad.
Pero existe una cuestión que puede generar confusión: no todas las obligaciones comienzan el 1 de octubre. El registro de los patinetes y el sistema ligado al seguro obligatorio comenzaron a implantarse anteriormente, mientras que determinadas exigencias sobre alumbrado tendrán que esperar hasta 2027.
La DGT cambia las reglas de los patinetes desde el 1 de octubre
La reforma del Reglamento General de Circulación fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 23 de junio y entrará en vigor, con algunas excepciones, el 1 de octubre de 2026.
La propia Dirección General de Tráfico (DGT) confirma tres cambios fundamentales para quienes utilizan un VMP:
- Edad mínima de 15 años para conducir.
- Casco de protección obligatorio.
- Chaleco reflectante durante la noche o cuando exista escasa visibilidad.
En el caso de los trabajadores profesionales que utilizan VMP —por ejemplo, determinados repartidores—, casco y chaleco reflectante deberán utilizarse siempre.
La reforma supone, por tanto, una regulación nacional más homogénea de unos vehículos que durante años han dependido en buena medida de las ordenanzas municipales.
Multa de 200 euros por circular sin casco
Uno de los cambios que afectará a un mayor número de usuarios será el casco obligatorio.
Desde el 1 de octubre, conducir un VMP sin utilizar casco será considerado una infracción grave, con una sanción económica de 200 euros, según la información oficial publicada por la DGT.
La misma consideración tendrá el incumplimiento de las obligaciones relacionadas con el chaleco reflectante establecidas por la reforma.
Esto implica un cambio considerable para aquellos usuarios que circulan habitualmente por ciudades donde hasta ahora la regulación municipal no les exigía casco en todas las circunstancias.
Menores de 15 años: prohibido conducir un VMP
Otra de las novedades más relevantes es la introducción de una edad mínima nacional.
La DGT establece que habrá que tener al menos 15 años para conducir un Vehículo de Movilidad Personal.
La medida busca unificar una materia que hasta ahora podía presentar diferencias dependiendo de la regulación municipal.
Por tanto, las familias que tengan menores utilizando patinetes eléctricos deberán prestar especial atención al cambio: desde octubre, un menor de 15 años no podrá conducir legalmente un VMP bajo la nueva regulación general.
Chaleco reflectante por la noche o con poca visibilidad
Los cambios también afectan directamente a la visibilidad.
Los conductores de patinetes deberán utilizar chaleco reflectante durante la noche o cuando las condiciones de visibilidad sean reducidas.
Para los profesionales que desarrollen su actividad desplazándose en VMP, la exigencia será superior: tendrán que llevar casco y chaleco reflectante en todo momento.
La DGT considera estas obligaciones parte de la estrategia para incrementar la protección de los denominados usuarios vulnerables de la vía, categoría en la que también se incluyen peatones, ciclistas y motoristas.
Ojo con las fechas: el alumbrado obligatorio cambia en 2027
Existe otra fecha que los usuarios deben tener presente: 1 de octubre de 2027.
La reforma establece nuevas obligaciones relativas al alumbrado de los VMP, pero la propia DGT especifica que los artículos correspondientes al alumbrado obligatorio no entrarán en vigor hasta esa fecha, un año después de la mayor parte de la reforma.
Por ello, conviene diferenciar entre las medidas que comienzan en octubre de 2026 y las aplazadas.
Casco, edad mínima y determinadas obligaciones de reflectantes entran en vigor el 1 de octubre de 2026; las nuevas reglas de alumbrado previstas en la reforma lo harán el 1 de octubre de 2027.
Registro obligatorio: los patinetes ya deben estar inscritos en la DGT
Este es otro de los puntos importantes y permite corregir una posible confusión de fechas.
El Registro Nacional de Vehículos para VMP ya fue regulado durante 2026. La DGT comunicó en enero la puesta en marcha del sistema de inscripción, requisito necesario para vincular el vehículo a su propietario y contratar el correspondiente seguro obligatorio.
La DGT estima que existen más de cuatro millones de VMP circulando por las vías urbanas españolas.
El propietario debe realizar la inscripción y obtiene un certificado digital con un número identificativo. Posteriormente puede adquirir la correspondiente etiqueta identificativa para colocarla en el patinete.
Inscripción oficial de VMP en la DGT
El seguro obligatorio también debe tenerse muy en cuenta
Registro y seguro están directamente relacionados.
La Ley 5/2025 introdujo la obligación de asegurar los Vehículos de Movilidad Personal, aunque su aplicación práctica para determinados VMP quedó inicialmente condicionada a la puesta en funcionamiento del registro.
Con el registro operativo, el propietario debe inscribir primero el patinete para poder contratar el seguro obligatorio.
Y aquí las sanciones pueden superar ampliamente los 200 euros del casco.
Según la DGT, carecer del seguro puede ser sancionado con entre 202 y 610 euros, mientras que circular con un VMP sin seguro puede alcanzar entre 250 y 800 euros, dependiendo de la categoría jurídica del vehículo.
Los patinetes antiguos tienen otra fecha límite: enero de 2027
Existe además una fecha crítica para quienes poseen un patinete antiguo.
Desde el 22 de enero de 2024, los VMP nuevos comercializados deben estar certificados conforme al Manual de Características de la DGT.
Los modelos comercializados anteriormente que carezcan de certificado pueden continuar circulando durante el régimen transitorio, pero solo hasta el 22 de enero de 2027. Después de esa fecha únicamente podrán circular los VMP que cumplan los requisitos de certificación establecidos.
Esto significa que algunos propietarios podrían tener que sustituir sus patinetes dentro de pocos meses aunque actualmente puedan registrarlos y utilizarlos.
Alicante prepara controles de patinetes
La entrada en vigor de la reforma llevará previsiblemente a reforzar los controles municipales.
En Alicante, según la información difundida por el Ayuntamiento y recogida por medios locales, la Policía Local prepara campañas específicas para comprobar el cumplimiento de las obligaciones relativas a los VMP.
Los controles podrán centrarse en cuestiones como casco, edad del conductor, reflectantes, documentación, seguro y características técnicas del vehículo, además del respeto de las normas de circulación.
El límite técnico de los VMP continúa siendo especialmente relevante: la DGT define estos vehículos como aquellos propulsados exclusivamente mediante motores eléctricos y capaces de alcanzar una velocidad comprendida entre 6 y 25 km/h.
Auriculares, móvil, alcohol y drogas: las prohibiciones continúan
Las nuevas obligaciones no sustituyen las normas que ya deben cumplir los conductores.
Un usuario de patinete es conductor de un vehículo a efectos de las reglas de circulación aplicables y, por tanto, existen conductas incompatibles con su utilización.
Entre ellas se encuentran conducir utilizando el teléfono móvil o auriculares, además de conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas.
La proliferación de VMP durante los últimos años ha obligado a Tráfico y a los ayuntamientos a incrementar progresivamente su regulación, especialmente por la convivencia de estos vehículos con peatones, bicicletas, motocicletas y automóviles.
Los ciclistas también tendrán nuevas obligaciones
La reforma no afecta exclusivamente a los patinetes.
La DGT elimina las excepciones existentes al uso del casco para ciclistas en carretera, mientras que los profesionales que circulen en bicicleta deberán utilizar casco y chaleco reflectante siempre.
También cambia la relación entre bicicletas y automóviles.
En vías urbanas, los ciclistas circularán por el centro del carril. Además, cuando un vehículo a motor circule detrás de una bicicleta dentro del mismo carril tendrá que mantener una separación mínima de cinco metros.
Al adelantar a un ciclista también será necesario reducir la velocidad en al menos 20 km/h respecto al límite máximo de la vía, además de respetar las restantes condiciones de seguridad establecidas.
Las fechas que todo propietario de un patinete debe recordar
El calendario regulatorio puede resultar confuso porque las obligaciones no han comenzado simultáneamente.
Desde 2026, los VMP deben atender las obligaciones de registro, identificación y seguro establecidas por la nueva regulación.
El 1 de octubre de 2026 entrarán en vigor las principales novedades de circulación: 15 años de edad mínima, casco obligatorio y chaleco reflectante durante la noche o con escasa visibilidad.
El 22 de enero de 2027 finalizará el periodo transitorio para los VMP antiguos que no disponen de certificación.
Y el 1 de octubre de 2027 comenzarán a aplicarse las nuevas disposiciones sobre alumbrado obligatorio contempladas por la reforma.
Para los millones de españoles que utilizan estos vehículos, conocer el calendario será fundamental. Circular sin casco podrá costar 200 euros y hacerlo sin el seguro exigible puede elevar la sanción hasta los 800 euros.
