La Agencia Tributaria da un nuevo paso en la vigilancia de la economía digital. El uso creciente de Revolut, Wise, N26 y otras entidades financieras digitales ha llevado a Hacienda a reforzar sus mecanismos de control con el objetivo de detectar posibles ingresos no declarados y operaciones que escapen al circuito tradicional de la banca.

El nuevo Plan Anual de Control Tributario 2026 incorpora el Modelo 174, una declaración informativa que permitirá a la Administración disponer de mucha más información sobre el uso de tarjetas virtuales, dinero electrónico y cuentas bancarias gestionadas por entidades extranjeras, una herramienta cada vez más utilizada por autónomos, pequeñas empresas y profesionales que trabajan con clientes internacionales.

El mensaje que lanza la Agencia Tributaria es claro: utilizar un banco digital extranjero ya no supone ningún obstáculo para el control fiscal.

El auge de los neobancos cambia el foco de Hacienda

Durante los últimos años, plataformas financieras como Revolut, Wise, N26 o Trade Republic han experimentado un crecimiento sin precedentes en España.

Miles de autónomos y pequeñas empresas recurren a estas entidades por varias razones:

  • Menores comisiones.
  • Transferencias internacionales más rápidas.
  • Gestión multidivisa.
  • Facilidad para cobrar clientes extranjeros.
  • Tarjetas virtuales para compras online.
  • Mayor integración con plataformas digitales.

Solo Revolut cerró 2025 con más de 6,3 millones de clientes en España y prevé superar los 8 millones durante 2026.

Este crecimiento ha llevado a Hacienda a adaptar sus sistemas de supervisión a un modelo financiero cada vez más digitalizado.

¿Qué es el Modelo 174?

La principal novedad del Plan de Control Tributario es la creación del Modelo 174.

Se trata de una declaración informativa destinada a recopilar información sobre:

  • Tarjetas físicas.
  • Tarjetas virtuales.
  • Instrumentos de dinero electrónico.
  • Medios de pago emitidos por entidades extranjeras.
  • Operaciones realizadas en distintas divisas.

El objetivo no es crear un nuevo impuesto, sino disponer de más datos para verificar que los ingresos y gastos declarados coinciden con los movimientos reales realizados por los contribuyentes.

La primera declaración se presentará en enero de 2027, con información correspondiente al ejercicio 2026.

Las tarjetas con menos de 25 000 euros quedan fuera

La nueva obligación no afectará a todas las tarjetas.

El Modelo 174 excluye aquellas cuyo volumen total anual de cargos y abonos sea inferior a 25 000 euros.

No obstante, Hacienda podrá seguir obteniendo información mediante otros mecanismos de intercambio de datos con entidades financieras y administraciones tributarias europeas.

Una estrategia que comenzó hace años

El Modelo 174 no constituye una medida aislada.

Forma parte de una estrategia mucho más amplia desarrollada por la Agencia Tributaria durante la última década para reforzar el control de la economía digital.

Entre las principales herramientas implantadas destacan:

  • Modelo 720, para declarar bienes y cuentas en el extranjero.
  • Directiva europea DAC7, que obliga a las plataformas digitales a informar sobre los ingresos de vendedores y prestadores de servicios.
  • Modelos 172 y 173, relacionados con criptomonedas.
  • Próximo Modelo 175, adaptado a la nueva Directiva DAC8.
  • Modelo 170, vigente desde enero de 2026, para informar mensualmente sobre determinados cobros realizados mediante tarjeta o teléfono móvil.

Con esta nueva pieza, Hacienda amplía considerablemente la información disponible sobre las operaciones financieras realizadas fuera de la banca tradicional.

Cómo detectará Hacienda las posibles irregularidades

La principal novedad no reside únicamente en la información que recibirá la Agencia Tributaria, sino en la capacidad para cruzarla automáticamente mediante algoritmos de análisis de riesgo.

Según el propio Plan de Control Tributario, Hacienda desarrollará herramientas específicas para identificar:

  • Movimientos incompatibles con los ingresos declarados.
  • Utilización habitual de medios de pago extranjeros.
  • Incrementos patrimoniales injustificados.
  • Signos externos de riqueza no acordes con la renta declarada.

El sistema comparará automáticamente los datos recibidos de los neobancos con las declaraciones fiscales habituales de autónomos y empresas.

Entre ellas:

  • Modelo 130 (pagos fraccionados de IRPF).
  • Modelo 131 (estimación objetiva).
  • Modelo 303 (IVA).
  • Declaraciones anuales correspondientes.

Si existen diferencias relevantes entre la actividad económica declarada y los movimientos detectados en cuentas o tarjetas digitales, el sistema generará una alerta para su posible revisión.

Cobrar en el extranjero no evita tributar

Uno de los errores más habituales entre algunos profesionales digitales consiste en pensar que utilizar una cuenta bancaria extranjera modifica sus obligaciones fiscales.

No es así.

La normativa española establece que la obligación de tributar depende de la residencia fiscal del contribuyente y del origen de la actividad económica, no del país donde esté domiciliada la entidad financiera.

En consecuencia, un autónomo que facture desde España a clientes internacionales deberá declarar esos ingresos con independencia de que el dinero llegue a una cuenta española, lituana, alemana o belga.

Qué recomienda Hacienda a autónomos y pequeñas empresas

Ante la creciente digitalización de los medios de pago, los asesores fiscales recomiendan extremar el control documental.

Entre las principales medidas destacan:

  • Emitir factura por todos los ingresos recibidos.
  • Declarar correctamente el IVA e IRPF correspondiente.
  • Conservar la documentación de cada operación.
  • Separar claramente los movimientos personales y profesionales.
  • Mantener actualizado el registro de cuentas y tarjetas utilizadas para la actividad empresarial.
  • Comprobar que las cifras declaradas coinciden con los movimientos bancarios reales.

Una correcta organización contable reduce significativamente el riesgo de incidencias en caso de comprobación tributaria.

Las sanciones pueden alcanzar el 150 % de la cuota dejada de ingresar

Cuando Hacienda detecta ingresos no declarados o discrepancias relevantes, las consecuencias económicas pueden ser importantes.

En función de la gravedad del incumplimiento y de las circunstancias del caso, las sanciones tributarias pueden llegar hasta el 150 % de la cuota que hubiera debido ingresarse, además de los correspondientes intereses de demora y posibles recargos.

Por ello, los expertos recuerdan que operar mediante un neobanco no proporciona ninguna ventaja fiscal, sino únicamente una forma diferente de gestionar los pagos.

La economía digital obliga a Hacienda a modernizar su control

La rápida expansión de las fintech, los pagos electrónicos y las plataformas digitales está transformando profundamente la relación entre contribuyentes y Administración.

Con el nuevo Modelo 174, la Agencia Tributaria da un paso más en la supervisión de los flujos financieros internacionales, adaptando sus sistemas a un mercado donde cada vez más autónomos y empresas trabajan con clientes de distintos países y utilizan herramientas alejadas de la banca tradicional.

La digitalización financiera ofrece rapidez, menores costes y mayor flexibilidad, pero también implica una mayor trazabilidad. El uso de cuentas en Revolut, Wise, N26 u otras plataformas extranjeras ya no escapa al radar de Hacienda, que apuesta por el cruce automatizado de datos para reforzar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

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