Los insultos homófobos en Málaga han terminado con una condena judicial. La Audiencia Provincial de Málaga ha sentenciado a un hombre a un año y cuatro meses de prisión por increpar, amenazar y golpear a una mujer en la vía pública mientras lanzaba comentarios despectivos sobre su supuesta orientación sexual.
Además de la pena de cárcel, el tribunal ha impuesto al acusado una indemnización de 7 500 euros por daños morales, junto a varias sanciones económicas y medidas de alejamiento.
La resolución judicial considera acreditado que el procesado actuó con el objetivo de humillar y despreciar a la víctima, lo que constituye un delito contra la dignidad con agravante de discriminación por orientación sexual.
Cómo ocurrió la agresión en plena calle
Los hechos se remontan a abril de 2024, cuando la víctima se encontraba descansando durante su jornada laboral en un supermercado. La mujer estaba sentada en un bordillo de una calle de la capital malagueña cuando el acusado se aproximó a ella.
Según recoge la sentencia, el hombre asumió sin motivo que la mujer era lesbiana y comenzó a dirigirle insultos homófobos y comentarios vejatorios.
A pesar de que la víctima le pidió que dejara de insultarla, el acusado continuó con su actitud agresiva. En un momento del altercado incluso se arrodilló junto a ella y le golpeó la pierna, mientras seguía profiriendo amenazas e insultos.
La situación obligó finalmente a la mujer a apartarlo físicamente y abandonar el lugar para evitar que la agresión continuara.
Consecuencias psicológicas para la víctima
La sentencia destaca que los insultos homófobos en Málaga no fueron un simple altercado verbal, sino una situación que generó una profunda humillación pública para la víctima.
Tras el incidente, la mujer ha sufrido episodios de ansiedad, miedo e insomnio, según recoge la resolución judicial.
Por este motivo, el tribunal considera que existieron daños morales significativos, motivo por el cual el condenado deberá pagar 7 500 euros de indemnización.
La sentencia de la Audiencia Provincial
La Audiencia Provincial de Málaga ha considerado que los hechos constituyen:
- Un delito contra la dignidad por motivos discriminatorios
- Un delito leve de amenazas
Por ello, además de la pena de prisión, el tribunal ha impuesto varias medidas adicionales:
- Multa de nueve meses con cuota diaria de 7 euros, que suma 1 890 euros
- Orden de alejamiento de 500 metros durante tres años
- Prohibición de comunicarse con la víctima durante ese periodo
Asimismo, el condenado queda inhabilitado durante cuatro años y cuatro meses para ejercer profesiones u oficios relacionados con educación, deporte o actividades con menores.
Absuelto del delito de abuso sexual
Durante el proceso judicial también se investigó un posible delito de abuso sexual, aunque finalmente el tribunal decidió absolver al acusado de este cargo.
La sentencia explica que su conducta tenía como objetivo intensificar la humillación y el desprecio hacia la víctima, pero no quedó acreditado que se produjera ese delito concreto.
Delitos de odio y agresiones en Málaga
El caso de insultos homófobos en Málaga vuelve a poner sobre la mesa el debate sobre las agresiones verbales y físicas motivadas por prejuicios o discriminación.
Las autoridades recuerdan que este tipo de comportamientos pueden constituir delitos de odio, castigados por la legislación española con penas agravadas cuando se demuestra la intención de discriminar por motivos de orientación sexual, religión, raza u otros factores personales.
