Seguridad Social reduce recargos para autónomos en retrasos de cuotas
La Seguridad Social ha informado sobre los recargos aplicables a los autónomos que se retrasen en el pago de las diferencias de sus cotizaciones correspondientes a 2024, tras el proceso de regularización que se ha iniciado esta semana.
Los trabajadores por cuenta propia que tengan pendientes diferentes cuotas a favor de la Tesorería deben realizar su ingreso hasta el último día del mes siguiente a la recepción de la notificación. Si no lo hacen, enfrentan recargos que varían en función del tiempo de retraso.
Según la Tesorería, los autónomos gozarán de un período mínimo de 30 días para abonar dichas cuotas. La regularización se llevará a cabo en tres fases, comenzando con la notificación inicial a través de la plataforma NOTESS.
Durante el primer mes de retraso, el recargo será reducido. Si se paga la cuota dentro del primer mes, será del 10%; si se realiza después, se aplicará un recargo del 20%. Por ejemplo, si un autónomo debe 380 euros, pagará 456 euros incluyendo el recargo, y si debe 900 euros, abonará un total de 1 080 euros incluyendo un recargo de 180 euros.
Las deudas a la Seguridad Social son aplazables en caso de que el autónomo pueda demostrar dificultades para realizar el pago. En este caso, se podrán establecer plazos y montos a pagar mensualmente junto con un interés de demora del 4,06%.
En definitiva, la Seguridad Social ha establecido un marco claro sobre la gestión de las cuotas de los autónomos, con el objetivo de facilitar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y evitar sanciones innecesarias.
