Jaime Campaner, nuevo abogado de la esposa de Pedro Sánchez, reclama el sobreseimiento en la audiencia preliminar. La Fiscalía también pide el archivo, mientras la acusación popular sostiene que Gómez debe ser juzgada por presunto tráfico de influencias y malversación.

El caso Begoña Gómez ha entrado en una de sus fases decisivas. El juez Juan Carlos Peinado ha completado la audiencia preliminar previa a decidir si abre juicio oral con jurado contra la esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, después de una instrucción que se prolonga desde hace más de dos años.

La defensa de Gómez, ahora encabezada por el penalista Jaime Campaner, aprovechó la vista celebrada este martes en los juzgados madrileños de Plaza de Castilla para solicitar nuevamente el sobreseimiento de la causa. La Fiscalía se pronunció igualmente a favor del archivo, mientras las acusaciones populares mantienen que existen elementos suficientes para llevar el procedimiento a juicio.

La vista duró alrededor de media hora y dejó la causa pendiente de la decisión del instructor. Peinado deberá resolver ahora si dicta el auto de apertura de juicio oral por los presuntos delitos que permanecen vivos tras las correcciones introducidas por la Audiencia Provincial de Madrid: tráfico de influencias y malversación en el caso de Gómez.

La apertura de juicio, si finalmente se acuerda, no supone una declaración de culpabilidad. Begoña Gómez mantiene su inocencia y conserva íntegramente su derecho a la presunción de inocencia.

Jaime Campaner pide el sobreseimiento del caso Begoña Gómez

La llegada de Jaime Campaner a la defensa no ha cambiado la posición fundamental de Gómez: considera que no existen elementos suficientes para sentarla ante un jurado.

Durante la audiencia, el abogado solicitó el archivo de las actuaciones y puso el foco, además, en el escrito presentado por la acusación popular que coordina Hazte Oír.

La defensa sostiene que ese documento presenta problemas jurídicos para sustentar la apertura de juicio oral con jurado. En concreto, Campaner argumentó que incorpora declaraciones de investigados y testigos e informes policiales, elementos cuya inclusión considera incompatible con las reglas específicas de un procedimiento ante jurado por el riesgo de condicionar a sus miembros.

No se trata, por tanto, únicamente de una discusión sobre si existen o no indicios contra Gómez. La defensa intenta cuestionar también la validez procesal del instrumento utilizado por la acusación para pedir que se abra el juicio.

Hazte Oír, por su parte, mantiene su acusación y reclama que el procedimiento avance hasta el enjuiciamiento.

La Fiscalía también reclama que la causa sea archivada

Campaner no está solo en su petición.

La Fiscalía volvió a defender durante la audiencia el archivo de la causa, según fuentes jurídicas citadas por EFE y Europa Press. También la representación de Cristina Álvarez, asistente de Gómez en La Moncloa y encausada por presunta malversación, solicitó el sobreseimiento.

El escenario queda así claramente dividido.

Las defensas y el Ministerio Fiscal quieren evitar el juicio, mientras que la acusación popular sostiene que Gómez y Álvarez deben responder ante un tribunal.

La última palabra en esta fase corresponde ahora al juez instructor.

Peinado deja el caso Begoña Gómez listo para decidir sobre el juicio

La audiencia preliminar constituye el último gran trámite antes de que Peinado decida si abre formalmente juicio oral.

El procedimiento se celebraría mediante jurado popular.

Si el magistrado acuerda finalmente la apertura, deberá elevar las actuaciones a la Audiencia Provincial de Madrid, que será la encargada de continuar la tramitación y fijar posteriormente la fecha del juicio. EFE señala que el señalamiento puede tardar habitualmente varios meses desde que el asunto llega a la sección competente.

La decisión adquiere además una particular dimensión temporal.

Peinado cumple 72 años el próximo 27 de septiembre, edad que marca su jubilación, y tiene previsto resolver la situación procesal antes de abandonar definitivamente el juzgado, según las fuentes jurídicas citadas por EFE.

Una vista convocada con enorme rapidez

La audiencia de este martes estuvo rodeada de controversia incluso antes de comenzar.

Peinado había fijado inicialmente la comparecencia para las 18:00 horas, con escaso margen de antelación.

El nuevo abogado de Gómez tenía compromisos profesionales fuera de Madrid y solicitó un pequeño aplazamiento para poder desplazarse hasta la capital. Finalmente consiguió reorganizar su agenda y pidió retrasar el inicio 45 minutos.

La audiencia terminó comenzando con retraso.

Ni Begoña Gómez ni Cristina Álvarez acudieron personalmente, al no resultar necesaria su presencia en este trámite. Álvarez había comunicado previamente al juzgado que se encontraba fuera de España.

La rapidez de la convocatoria fue precisamente uno de los elementos cuestionados por las defensas.

La defensa de Cristina Álvarez también cuestiona el procedimiento

El abogado de Cristina Álvarez, José María de Pablo, ha planteado objeciones relacionadas con las condiciones en las que se convocó la audiencia.

Según la información publicada inicialmente, la defensa llegó a reservarse la posibilidad de solicitar la nulidad de la vista, argumentando que la premura de la citación había dificultado la presencia de su representada.

Álvarez se encuentra incluida en esta parte del procedimiento por un presunto delito de malversación, relacionado con el uso que se habría realizado de su trabajo como asistente de Gómez en La Moncloa.

Será el tribunal el que determine, si finalmente existe juicio, si se produjo algún uso ilícito de recursos públicos. Tanto Álvarez como Gómez rechazan las acusaciones.

La Audiencia de Madrid ya redujo los delitos atribuidos a Gómez

El procedimiento llega a esta fase después de que la Audiencia Provincial de Madrid corrigiera parcialmente el planteamiento previo de Peinado.

La investigación llegó a contemplar cuatro figuras delictivas contra Gómez.

Sin embargo, la Audiencia dejó fuera corrupción en los negocios y apropiación indebida, de modo que la eventual apertura de juicio queda centrada actualmente en presunto tráfico de influencias y malversación.

La corrección obligó a reorganizar el procedimiento y explica que se haya celebrado una nueva audiencia preliminar.

Este antecedente es importante porque limita considerablemente el objeto del eventual juicio respecto al alcance que llegó a plantear inicialmente el instructor.

El presunto tráfico de influencias, una de las claves del caso

Una de las acusaciones que permanece abierta gira alrededor del presunto tráfico de influencias.

La investigación ha analizado las relaciones profesionales de Begoña Gómez, su participación en una cátedra extraordinaria de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) y las gestiones realizadas alrededor de sus actividades académicas y empresariales.

La tesis acusatoria sostiene que Gómez habría podido beneficiarse de su posición como esposa del presidente del Gobierno para obtener determinadas ventajas o influir sobre terceros.

Su defensa lo niega frontalmente.

Campaner sostiene que Gómez no presionó a autoridades universitarias, que las reuniones celebradas formaban parte de su actividad profesional y que no puede interpretarse automáticamente su matrimonio con Pedro Sánchez como prueba de una conducta delictiva.

Precisamente esa contradicción entre ambas interpretaciones será una de las cuestiones centrales si el caso termina llegando a juicio.

La malversación y el papel de Cristina Álvarez

La segunda gran pieza afecta al supuesto uso de recursos públicos.

La investigación ha examinado el papel desempeñado por Cristina Álvarez, trabajadora de Presidencia del Gobierno asignada como asistente de Begoña Gómez.

Las acusaciones consideran que parte de su actividad habría podido destinarse a intereses profesionales privados de Gómez mientras su salario procedía de fondos públicos.

La defensa mantiene una posición completamente diferente: sostiene que la asistencia prestada fue puntual y compatible con las funciones propias del puesto.

Gómez niega, por tanto, que existiera una utilización delictiva de recursos de La Moncloa.

La acusación popular pide penas de prisión

Las diferencias entre las partes son profundas.

La acusación popular coordinada por Hazte Oír sostiene que existen elementos suficientes para celebrar el juicio y ha anunciado una petición de 13 años de prisión para Begoña Gómez. Para Cristina Álvarez solicita 6 años, según las informaciones publicadas sobre sus escritos de acusación.

Son peticiones de una acusación, no condenas ni hechos judicialmente probados.

La Fiscalía mantiene precisamente la posición contraria y considera que el procedimiento debe terminar sin condena.

Será el órgano judicial competente quien valore las pruebas y argumentos si Peinado abre finalmente juicio.

Gómez niega haberse aprovechado de ser la esposa de Pedro Sánchez

La estrategia de la defensa pretende desmontar uno de los elementos políticamente más sensibles del procedimiento: que Gómez hubiera utilizado su relación matrimonial con el presidente para obtener un trato privilegiado.

En su escrito presentado antes de esta audiencia, la defensa sostuvo que no influyó sobre responsables universitarios ni autoridades para conseguir la cátedra.

También argumentó que Gómez ya disponía de una trayectoria profesional antes de que Pedro Sánchez llegara a la Presidencia y que las actividades realizadas alrededor de la cátedra respondían a objetivos profesionales legítimos.

La defensa rechaza igualmente que Gómez obtuviera un beneficio económico indebido de la cátedra.

La vista no terminó con nuevas medidas cautelares

Otro elemento relevante es lo que no ocurrió durante la audiencia.

Las acusaciones populares no solicitaron esta vez nuevas medidas cautelares contra Gómez o Álvarez.

En una fase anterior, Peinado llegó a acordar medidas como la retirada del pasaporte de Gómez, pero la Audiencia Provincial terminó revocándolas.

La vista de este martes se concentró fundamentalmente en decidir si existen las condiciones procesales para que el procedimiento avance hacia juicio.

Más de dos años de investigación llegan al momento decisivo

El procedimiento contra Begoña Gómez se ha convertido en una de las investigaciones judiciales con mayor impacto político de la legislatura.

Su condición de esposa del presidente del Gobierno ha provocado que cada decisión del instructor tenga consecuencias políticas inmediatas.

Pero el desenlace debe mantenerse en el terreno estrictamente judicial.

Ni la apertura de una investigación demuestra culpabilidad ni una eventual apertura de juicio equivaldría a una condena.

Del mismo modo, las sucesivas correcciones de la Audiencia Provincial no implican por sí mismas que los dos delitos que permanecen abiertos carezcan de fundamento. Precisamente para resolver esa cuestión existen las distintas fases del procedimiento y, en su caso, el juicio.

Peinado tiene ahora la decisión

Tras la audiencia, las posiciones están claramente delimitadas.

Begoña Gómez pide el sobreseimiento. Cristina Álvarez también. La Fiscalía respalda el archivo. La acusación popular exige juicio.

Peinado debe decidir.

Si acuerda la apertura, Begoña Gómez quedará formalmente encaminada a un juicio con jurado por presunto tráfico de influencias y malversación, mientras Cristina Álvarez afrontaría el procedimiento por la segunda figura delictiva.

Si acepta los argumentos de las defensas o de la Fiscalía, la situación procesal cambiaría radicalmente.

Lo que ya está claro es que la investigación que durante más de dos años ha colocado bajo escrutinio judicial las actividades profesionales de la esposa de Pedro Sánchez ha llegado a uno de sus momentos definitivos.

Ahora no corresponde a los partidos resolver si Begoña Gómez es culpable o inocente. Tampoco a las acusaciones ni a su defensa. Corresponde a la Justicia determinar primero si debe existir juicio y, si lo hay, valorar después las pruebas con todas las garantías.

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