El juzgado respalda al Ayuntamiento frente a los taxistas de servicios concertados, poniendo fin a décadas de conflicto y a la sombra de la mafia del taxi.
Turno rotatorio confirmado tras décadas de conflicto
El sistema de turnos rotatorios en la parada de taxis del aeropuerto de Sevilla ha recibido nuevamente el respaldo judicial, 24 años después de la recomendación inicial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).
El juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 12 de Sevilla ha fallado a favor del Ayuntamiento y de las asociaciones Elite Taxi Sevilla y Unión Sevillana del Taxi, frente a los taxistas que prestan servicios concertados y que pedían ser excluidos del sistema.
La mafia del taxi y la operación Aertase
Durante más de dos décadas, un colectivo de taxistas agrupados en la Asociación Hispalense Solidaridad del Taxi mantuvo un monopolio de facto mediante sabotajes, amenazas y coacciones, bloqueando la parada del aeropuerto.
La Operación Aertase, ejecutada por la Policía Nacional en 2025, desarticuló esta mafia del taxi, imponiendo órdenes de alejamiento a numerosos miembros de Solidaridad y permitiendo al Ayuntamiento implantar finalmente el sistema de turnos rotatorios con la aceptación de asociaciones mayoritarias.
Los servicios concertados quieren excepción
Los taxistas de servicios concertados alegaban que su exclusión del turno rotatorio era necesaria para cumplir contratos previos con empresas, mutuas, aseguradoras o administraciones públicas. Además, defendían que la medida vulneraba la libertad de empresa y la normativa de competencia.
El Consistorio se negó, argumentando que cualquier excepción podía comprometer la eficacia del sistema, permitiendo que otros conductores eludieran el turno bajo la misma justificación.
El fallo judicial: un sistema objetivo y necesario
El juez Alejandro Tascón subraya que:
- El servicio de taxi es una actividad privada reglamentada de interés público, sujeta a intensa intervención municipal.
- La organización de la parada mediante turnos rotatorios responde a una situación extraordinaria de conflictividad, vinculada a prácticas de monopolio y actuaciones penales previas.
- El turno basado en la letra de la licencia y el día correspondiente garantiza igualdad, previsibilidad y seguridad.
- La medida es idónea, necesaria y proporcional, pues evita que la alegación de servicios precontratados se utilice para eludir el sistema.
El juez recalca que la libertad de empresa no es absoluta y puede verse limitada cuando se aplican medidas generales que persiguen fines legítimos y objetivos.
Un triunfo del orden frente al caos
Con esta sentencia, se pone fin a décadas de disputas y abusos en la parada del aeropuerto de San Pablo. Se refuerza la autoridad del Ayuntamiento y se consolida un sistema que protege la igualdad de los profesionales y la seguridad de los usuarios.
Este caso demuestra cómo la ilegalidad organizada y la presión de mafias locales pueden condicionar durante años la prestación de un servicio público esencial, y cómo la intervención judicial y policial puede restaurar finalmente la normalidad.
