La Justicia ha ratificado la sanción impuesta a una mujer que contrató a su madre como empleada del hogar y posteriormente la despidió, lo que permitió a la madre reanudar el cobro de la prestación por desempleo. El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha determinado que ambas actuaron de forma concertada para simular una relación laboral y así obtener prestaciones indebidas.
Los hechos se produjeron en 2023, según detalla la sentencia dictada en marzo de este año. La madre, quien había trabajado previamente en una empresa y estaba en situación de excedencia, comunicó que no iba a reincorporarse a su puesto. Apenas doce días después, fue dada de alta por su hija como empleada de hogar. El contrato, firmado el 17 de abril de 2023, contemplaba la realización de tareas domésticas durante un horario específico.
La relación laboral mantuvo su curso durante más de seis meses y finalizó el 23 de octubre de 2023 cuando la hija alegó un cambio en sus necesidades familiares para despedir a su madre. Esta decisión le permitió a la madre reanudar su prestación por desempleo, así como acceder a un subsidio.
Sin embargo, la Inspección de Trabajo investigó esta contratación tras detectar indicios de simulación. Cuando la madre solicitó la reanudación de la prestación suspendida, el SEPE remitió una solicitud a la Inspección de Trabajo para verificar la legitimidad de la contratación. Las investigaciones constataron que existió una connivencia entre ambas partes para obtener las prestaciones por desempleo.
El tribunal, en su fallo, concluyó que la contratación no respondía a una necesidad real del hogar y mantuvo la multa de **7 501 euros** a la hija, además de obligar a la madre a devolver el total de las prestaciones percibidas. La sentencia resalta que la falta de experiencia previa de la madre como empleada del hogar y el hecho de que la hija no había contratado a otra empleada antes o después, refuerzan la simulación de la relación laboral.

