La compañía EBR Management SLU organizó una rifa de un coche de lujo mediante la venta de fondos de pantalla digitales a un euro. La promoción sumó 376.850 compras y, según Consumo, se celebró sin la autorización exigida por la Ley del Juego.
Una promoción difundida en redes sociales ha terminado con una sanción de 750.000 euros. El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha multado a EBR Management SLU, la empresa responsable del sorteo de un coche de lujo propiedad del popular creador de contenido TheGrefg, cuyo nombre real es David Cánovas.
La resolución considera que la compañía cometió una infracción muy grave de la Ley de Regulación del Juego al organizar la rifa sin contar con la autorización obligatoria. La empresa recurrió la sanción, pero el ministerio rechazó sus alegaciones y mantuvo la multa.
El caso pone el foco en los límites legales de las promociones comerciales organizadas a través de internet y en la responsabilidad de las empresas que utilizan productos digitales de bajo precio para dar acceso a sorteos de premios de gran valor.
376.850 compras para participar en el sorteo del coche
La promoción se desarrolló entre el 24 de diciembre de 2024 y el 6 de enero de 2025. Para participar, los usuarios debían comprar en la página web de la empresa un fondo de pantalla digital por un euro.
Cada compra daba derecho a una participación en el sorteo del vehículo. Según el comunicado ministerial, la web permitía acceder a la promoción desde direcciones IP españolas.
El balance fue de 376.850 compras, una cifra que muestra el alcance comercial de la iniciativa. El coche estaba valorado en más de 75.000 euros en el momento del sorteo, aunque TheGrefg afirmó que había pagado 120.000 euros por él.
La promoción también se difundió a través de las redes sociales del youtuber, propietario del automóvil y residente en Andorra.
Conviene precisar que el número de compras no demuestra por sí solo que participaran 376.850 personas distintas: una misma persona podría haber realizado varias operaciones. La información publicada se refiere al total de compras registradas.
Por qué Consumo considera ilegal la rifa
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 sostiene que EBR Management SLU organizó el sorteo sin disponer de la autorización necesaria y sin haberla solicitado.
La Dirección General de Ordenación del Juego abrió un expediente sancionador al apreciar indicios de una infracción administrativa muy grave, encuadrada en el artículo 39.a) de la Ley de Regulación del Juego.
Posteriormente, la Dirección General de Consumo fijó la sanción en 750.000 euros.
El elemento central del caso no es únicamente que se ofreciera un premio de gran valor, sino la forma en que se estructuró la promoción: los usuarios pagaban por un producto digital y, con esa compra, obtenían una participación en el sorteo.
La Administración consideró que esta fórmula no eximía a la empresa de cumplir los requisitos legales aplicables a la actividad.
La empresa recurrió la multa, pero Consumo mantuvo la sanción
EBR Management SLU presentó un recurso contra la resolución administrativa. Entre sus argumentos, defendió que la promoción debía tratarse como una combinación aleatoria con fines publicitarios o promocionales, en lugar de como una rifa que necesitaba la autorización que Consumo considera obligatoria.
El ministerio rechazó esta interpretación y mantuvo la calificación de la actividad como un sorteo celebrado sin el título habilitante necesario.
La empresa también pidió que se redujera la cuantía de la multa. Según la información publicada, Consumo desestimó esa petición al considerar que el importe ya incorporaba una reducción respecto a la penalización que podría haber correspondido inicialmente.
Por tanto, la resolución administrativa mantuvo la sanción de 750.000 euros. Para conocer si existen posteriores recursos o actuaciones judiciales, sería necesario comprobar el estado actualizado del expediente y las resoluciones que pudieran haberse dictado.
TheGrefg, protagonista de la promoción, pero la multa recae en la empresa
Aunque el sorteo estaba relacionado con un vehículo propiedad de TheGrefg y se difundió en sus redes sociales, la sanción descrita recae sobre EBR Management SLU.
El comunicado de Consumo, según la noticia publicada, no identifica por su nombre al creador de contenido. Su vinculación con el caso se explica por la propiedad del coche y la promoción de la rifa.
Esta distinción es importante: no debe afirmarse que el youtuber ha recibido personalmente una multa de 750.000 euros, porque la resolución citada identifica como sancionada a la empresa organizadora.
El caso también ilustra la necesidad de diferenciar entre la promoción pública de una iniciativa, la organización material del sorteo y la responsabilidad administrativa que la autoridad atribuye a cada parte.
Qué deben tener en cuenta los creadores de contenido al organizar sorteos
Las promociones con premios pueden atraer a miles de usuarios y generar importantes ingresos, pero su diseño debe ajustarse a la normativa aplicable. La denominación comercial de una iniciativa no determina por sí sola su tratamiento jurídico.
Entre los aspectos que deben revisarse antes de lanzar una campaña de este tipo figuran:
- La mecánica de participación: si existe un pago asociado a la posibilidad de ganar un premio.
- La naturaleza de la promoción: si se trata de un sorteo promocional, una combinación aleatoria u otra modalidad regulada.
- Las autorizaciones exigibles: si la actividad necesita un título habilitante o debe cumplir requisitos específicos.
- La información ofrecida al consumidor: las condiciones, los plazos, el premio y el procedimiento para elegir al ganador.
- La responsabilidad de cada participante empresarial: quién organiza la promoción, quién la publicita y quién asume las obligaciones legales.
El caso de EBR Management SLU demuestra que vender un producto digital de precio reducido no garantiza que una promoción quede fuera de la regulación del juego. La calificación depende de las características reales de la actividad y de la normativa aplicable.
Una multa de 750.000 euros que reabre el debate sobre los sorteos en internet
La sanción contra EBR Management SLU vuelve a poner sobre la mesa la regulación de los sorteos vinculados a influencers y plataformas digitales. Estas campañas pueden alcanzar una gran difusión en poco tiempo, especialmente cuando ofrecen premios llamativos y permiten participar mediante pagos de escasa cuantía.
Sin embargo, el alcance de una promoción no sustituye el cumplimiento de las obligaciones legales. Las empresas y los creadores de contenido deben conocer las condiciones aplicables antes de lanzar campañas que combinen compras y participaciones en sorteos.
En este caso, Consumo mantiene que la empresa organizó la rifa sin autorización y ha fijado la sanción en 750.000 euros. La compañía defendió una interpretación distinta de la promoción, pero sus alegaciones fueron rechazadas en vía administrativa, según la información publicada.
El asunto deja una cuestión relevante para el sector digital: ¿hasta qué punto puede una promoción comercial ofrecer participaciones en un sorteo sin entrar en el ámbito de la legislación del juego? La respuesta depende de la mecánica concreta y de los requisitos legales que correspondan a cada iniciativa.


