La Justicia gallega vuelve a poner el foco sobre un caso de violencia en el ámbito doméstico que llevaba años pendiente de resolución. La decisión del alto tribunal llega después de que el condenado intentase evitar la pena de prisión alegando que los hechos no justificaban una sanción tan severa.
El TSXG avala la condena impuesta por la Audiencia de A Coruña
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha confirmado la condena de nueve meses y diez días de prisión impuesta a un hombre por un delito de lesiones leves cometido contra la que era su pareja sentimental en la ciudad de A Coruña.
El alto tribunal gallego ha rechazado el recurso presentado por la defensa del acusado y ha respaldado íntegramente la resolución dictada previamente por la Audiencia Provincial de A Coruña, que consideró acreditada la agresión física sufrida por la mujer durante una fuerte discusión ocurrida en enero de 2020.
La sentencia adquiere especial relevancia debido a que el condenado ya contaba con antecedentes por un delito de amenazas machistas, circunstancia que los magistrados tuvieron en cuenta al valorar el contexto de los hechos.
Una discusión que terminó con lesiones acreditadas
Según los hechos considerados probados por los tribunales, la pareja regresó a la vivienda que compartían en A Coruña junto a los dos hijos de la mujer, procedentes de una relación anterior.
Tras llegar al domicilio y una vez que la víctima saludó a sus hijos, ambos se dirigieron a la habitación que compartían. Allí comenzó una discusión que fue aumentando de intensidad.
Durante el enfrentamiento, el acusado se situó encima de la cama sobre la mujer, inmovilizándole uno de los brazos y sujetándola con fuerza mientras ella trataba de liberarse. La resolución judicial recoge además que el hombre llegó a abrirle las piernas de forma violenta utilizando las rodillas mientras se producía el forcejeo.
Los magistrados concluyeron que estas acciones provocaron lesiones físicas suficientes para sustentar la condena penal.
La acusación de agresión sexual no pudo demostrarse
Uno de los aspectos más controvertidos del procedimiento fue la acusación por un presunto delito de agresión sexual.
Sin embargo, tanto la Audiencia Provincial como ahora el TSXG han coincidido en que no existen pruebas suficientes para acreditar que se produjera una relación sexual sin consentimiento durante aquella noche.
La resolución judicial recuerda que sí quedó acreditado que ambos habían mantenido relaciones sexuales consentidas durante la mañana del día anterior, pero considera que los elementos aportados durante el proceso no permiten concluir, con las garantías exigidas por el Derecho penal, que existiese una agresión sexual posterior.
Por ello, el acusado fue absuelto de ese delito concreto.
La defensa intentó sustituir la prisión por trabajos comunitarios
El recurso presentado ante el TSXG no cuestionaba únicamente los hechos probados, sino también la pena impuesta.
La defensa argumentó que la Audiencia Provincial había optado por una sanción excesivamente gravosa al imponer prisión en lugar de la pena alternativa de trabajos en beneficio de la comunidad prevista para determinados supuestos.
Según el recurrente, la sentencia carecía de una motivación suficiente para justificar la elección de la cárcel y resultaba contradictoria porque hacía referencia a la gravedad de los hechos pese a haber descartado la existencia de una agresión sexual.
No obstante, el Tribunal Superior rechazó estos argumentos y consideró que la resolución inicial estaba correctamente fundamentada y que la pena impuesta resultaba proporcionada a las circunstancias acreditadas.
Un nuevo respaldo judicial a la tolerancia cero frente a la violencia
La decisión del TSXG refuerza la línea seguida por los tribunales en los últimos años respecto a los delitos cometidos en el ámbito de la pareja.
Aunque la absolución por agresión sexual ha sido confirmada por falta de pruebas concluyentes, los magistrados subrayan que las lesiones sufridas por la víctima sí quedaron suficientemente acreditadas durante el procedimiento judicial.
La sentencia también evidencia la importancia que la Justicia otorga a los antecedentes del acusado y a la gravedad de los episodios de violencia física dentro del entorno familiar.
Consecuencias de la resolución
Con la desestimación del recurso, la condena de nueve meses y diez días de prisión queda ratificada, consolidando la responsabilidad penal del acusado por las lesiones causadas a su pareja.
El caso vuelve a abrir el debate sobre la respuesta judicial frente a la violencia en el ámbito doméstico y sobre la necesidad de garantizar que las condenas sean proporcionadas a la gravedad real de los hechos acreditados en sede judicial.
¿Debe endurecerse aún más la respuesta penal contra los reincidentes en delitos de violencia de pareja o es suficiente el actual marco legal?

