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    Inicio»Sucesos»TSXG anula multa de 3.600€ por gasóleo B en Vigo y Hacienda
    Sucesos

    TSXG anula multa de 3.600€ por gasóleo B en Vigo y Hacienda

    abril 16, 2026No hay comentarios4 minutos
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    La Justicia gallega frena a Hacienda por vulnerar el derecho de defensa en Vigo

    Lo que comenzó como una inspección rutinaria en plena madrugada en Vigo ha terminado en una decisión judicial que vuelve a poner el foco sobre los procedimientos sancionadores de la Administración. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha anulado una multa de 3.600 euros impuesta a un propietario de una retroexcavadora por el uso de gasóleo B, al considerar que se vulneraron garantías básicas del proceso.

    La clave del fallo está en un aspecto especialmente sensible: la negativa de la Administración a admitir una prueba testifical que podría haber acreditado un error en el repostaje del vehículo.


    Inspección nocturna y detección del gasóleo bonificado

    Los hechos se remontan al 26 de octubre de 2021, cuando agentes de la Guardia Civil realizaron una inspección en la parroquia de Cabral, en Vigo, sobre una pala retroexcavadora utilizada en actividad empresarial.

    Durante la intervención, se extrajo una muestra del combustible del depósito, que presentaba un color rojizo característico. El análisis del Laboratorio de Aduanas e Impuestos Especiales confirmó la presencia de gasóleo B bonificado, un carburante sujeto a restricciones fiscales.

    A raíz de ello, la Administración inició un expediente por infracción tributaria grave, imponiendo una sanción económica de 3.600 euros al titular del vehículo.


    La defensa del propietario: un error en el repostaje

    El afectado negó haber utilizado el combustible de forma intencionada. Según su versión, el llenado del depósito habría sido fruto de un error humano del empleado de la estación de servicio, que habría confundido el tipo de carburante.

    Además, alegó que en la misma empresa otros vehículos sí están autorizados para el uso de gasóleo bonificado, lo que habría facilitado la confusión.

    Como prueba de descargo, solicitó la declaración del responsable del repostaje. Sin embargo, esta diligencia no fue admitida por la Administración, un punto clave que posteriormente sería determinante en sede judicial.


    El TSXG tumba la sanción: vulneración del derecho de defensa

    La Sección Cuarta de lo Contencioso del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia dictó sentencia el 12 de marzo de 2026, estimando el recurso del sancionado contra la resolución previa del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Galicia.

    El tribunal concluye que la resolución administrativa incurrió en una causa de nulidad de pleno derecho, al vulnerar el derecho a la defensa y la presunción de inocencia.

    En concreto, el TSXG reprocha a la Administración no haberse pronunciado sobre la solicitud de prueba testifical, pese a haber sido presentada en tiempo y forma.


    Críticas al procedimiento administrativo y al papel de Hacienda

    Este caso vuelve a abrir el debate sobre el funcionamiento de los procedimientos sancionadores de la Administración tributaria. La decisión judicial subraya que no basta con pruebas técnicas o informes de laboratorio si se limita el derecho del ciudadano a defenderse plenamente.

    Desde una perspectiva jurídica, el fallo refuerza la idea de que incluso en materia fiscal y de consumo de carburantes bonificados, la Administración debe respetar estrictamente las garantías procesales.

    La anulación de la sanción lanza un mensaje incómodo para Hacienda: sin un procedimiento garantista, cualquier expediente puede terminar cayendo en los tribunales, con el consiguiente coste para el sistema.


    Conclusión

    El caso de Vigo evidencia la importancia del derecho de defensa frente a sanciones administrativas automáticas. El TSXG no entra a discutir únicamente el combustible utilizado, sino la forma en la que se tramitó el expediente.

    Una resolución que vuelve a poner en cuestión la rigidez de ciertos procedimientos administrativos y que abre el debate sobre si la presunción de culpabilidad se está imponiendo, en ocasiones, sobre la presunción de inocencia.

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