La Audiencia Nacional ha revocado el tercer grado penitenciario concedido por el Gobierno vasco a dos presos de la organización terrorista ETA, al estimar los recursos presentados por la Fiscalía y concluir que la progresión al régimen de semilibertad resulta, por el momento, prematura.
La decisión judicial vuelve a situar en el centro del debate la política penitenciaria aplicada a los reclusos de ETA y los criterios exigidos para acceder al tercer grado, una cuestión que ha generado un intenso enfrentamiento político y social en los últimos años.
Los jueces consideran que aún no se cumplen los requisitos
Los autos dictados por el Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional estiman que Juan Antonio Olarra Guridi y Óscar Zelarain todavía no reúnen las condiciones necesarias para acceder al régimen de semilibertad.
El magistrado sostiene que la evolución positiva mostrada por ambos internos debe consolidarse durante un periodo más prolongado antes de autorizar una progresión al tercer grado, especialmente debido a la gravedad de los delitos por los que fueron condenados.
La Fiscalía recurrió la decisión del Gobierno vasco
La revocación llega después de que la Fiscalía impugnara la decisión adoptada por la administración penitenciaria dependiente del Gobierno vasco, al considerar insuficientemente acreditado el proceso de reinserción.
Según las resoluciones judiciales, aunque ambos reclusos han participado en actuaciones orientadas a la reinserción y han mostrado avances en su evolución penitenciaria, esos elementos no bastan por sí solos para justificar el acceso al tercer grado.
Dos perfiles relevantes dentro de ETA
Uno de los afectados es Juan Antonio Olarra Guridi, considerado en el pasado uno de los responsables del aparato militar de ETA y condenado por diversos atentados terroristas.
El otro interno es Óscar Zelarain, condenado, entre otros hechos, por su participación en el atentado contra la casa cuartel de la Guardia Civil de Santa Pola (Alicante) en 2002, en el que murieron dos personas, incluida una niña de seis años.

Nuevo revés para la política penitenciaria del Gobierno vasco
La resolución supone un nuevo revés para las decisiones de la administración penitenciaria vasca, competente en la gestión de las cárceles de Euskadi desde el traspaso de competencias.
En los últimos meses, varias progresiones de grado concedidas a presos de ETA han sido recurridas por la Fiscalía y revisadas por los tribunales, que insisten en la necesidad de comprobar durante más tiempo la consolidación del proceso de reinserción antes de conceder beneficios penitenciarios de este alcance.
Un debate que continúa abierto
La decisión reabre el debate sobre los criterios que deben aplicarse para conceder beneficios penitenciarios a condenados por terrorismo. Mientras la Fiscalía y la Audiencia Nacional sostienen que deben extremarse las garantías antes de autorizar la semilibertad, el Gobierno vasco ha defendido en otras ocasiones que las progresiones de grado se adoptan conforme a la legislación penitenciaria y tras una evaluación individualizada de cada interno.
La resolución no implica cambios en las condenas impuestas a los dos presos, pero sí deja sin efecto el régimen de tercer grado que les había sido concedido, manteniéndolos en un régimen penitenciario más restrictivo mientras continúa su proceso de cumplimiento de condena.



