En Canarias, una trabajadora que estaba de baja médica por un cuadro de lumbociática ha visto confirmado su despido disciplinario tras realizar actividades incompatibles con la baja. La sentencia fue dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Canarias en abril de 2026.
La afectada, empleada como auxiliar administrativa en una empresa del sector de jardinería, inició una incapacidad temporal en enero de 2024. Durante el verano de ese año, fue documentado mediante un informe elaborado por un detective privado contratado por la empresa que ejercía actividades como cargar garrafas de agua, limpiar una terraza y colaborar en trabajos de pintura.
El tribunal avaló la decisión empresarial de despido disciplinario por considerar que estas acciones constituían una «transgresión de la buena fe contractual» y eran incompatibles con su estado de salud según la baja médica otorgada.
La sentencia también aclaró la cuestión sobre el plazo para sancionar estas faltas. Se determinó que el cómputo del plazo de prescripción debe iniciarse desde el momento en que la empresa recibió el informe final del detective, el 9 de septiembre de 2024, y no desde el último día de seguimiento realizado. El despido fue comunicado el 5 de noviembre de 2024, dentro del periodo legalmente establecido.
Además, se reconoció a la trabajadora el derecho a percibir 1 279,99 euros brutos por 24 días de vacaciones generadas y no disfrutadas durante 2024, aspecto independiente del despido.
Este caso se enmarca en un contexto más amplio de aumento del absentismo laboral en España, que alcanzó un 7,6 % de tasa media en 2025, con un coste para la economía de casi 60 000 millones de euros, según datos de Adecco.


