Desde julio, el SEPE puede utilizar códigos temporales, SMS y otros sistemas de contraste para identificar a los ciudadanos, aunque la solicitud directa de prestaciones por desempleo sigue requiriendo identificación digital avanzada.
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ha ampliado desde este verano los sistemas de identificación que puede utilizar en sus trámites electrónicos y telefónicos. Sin embargo, el cambio normativo no significa que todos los procedimientos puedan realizarse ya con un simple SMS o código temporal.
A día de hoy, solicitar directamente una prestación por desempleo por internet sigue exigiendo certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve, pese a que una resolución publicada en el BOE permite al organismo utilizar otros mecanismos de identificación en determinados procedimientos.
La diferencia entre lo que permite la normativa y lo que está habilitado realmente en cada trámite es la clave para evitar confusiones.
El BOE permite nuevos sistemas de identificación desde julio
El cambio procede de la Resolución de 2 de junio de 2026 del SEPE, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 15 de julio y en vigor desde el 16 de julio de 2026.
La resolución establece un nuevo marco para presentar solicitudes, comunicaciones y documentación mediante canales electrónicos y telefónicos.
Entre las novedades figura la posibilidad de emplear códigos temporales de un solo uso, remitidos al teléfono móvil o al correo electrónico que consten previamente en los sistemas del organismo.
También se contemplan códigos seguros de verificación, referencias, contraseñas y datos de contraste que permitan comprobar la identidad del ciudadano.
Pedir el paro online sigue exigiendo Cl@ve, DNIe o certificado
El principal matiz es que la entrada en vigor de esta resolución no activa automáticamente todos esos métodos en todos los trámites del SEPE.
La propia regulación establece que será la sede electrónica la que determine qué mecanismos están disponibles en cada procedimiento.
Por eso, en la solicitud directa de prestaciones por desempleo, el sistema sigue exigiendo actualmente alguno de estos métodos:
- Certificado digital
- DNI electrónico
- Cl@ve
Si se utiliza Cl@ve en un trámite que requiere firma, el número de teléfono debe coincidir con el registrado en ese sistema.
El SMS ya sirve para algunas consultas
La nueva flexibilidad sí empieza a verse en otros servicios.
El SEPE permite utilizar SMS de un solo uso para determinadas consultas relacionadas con prestaciones, de forma que el ciudadano puede acceder a cierta información sin necesidad de certificado electrónico.
Esto demuestra que el organismo ya está aplicando parcialmente el nuevo marco de identificación.
Sin embargo, consultar una prestación y solicitarla formalmente son trámites distintos.
El segundo exige un nivel de identificación y firma mayor y, por ahora, mantiene los sistemas tradicionales.
Qué cambia realmente con la nueva resolución
El cambio normativo abre la puerta a que en el futuro el SEPE pueda permitir más gestiones sin necesidad de certificado digital.
Los códigos temporales podrían utilizarse tanto en procedimientos telemáticos como telefónicos.
En una gestión por teléfono, el ciudadano podría recibir un código en su móvil y facilitarlo durante la conversación para acreditar su identidad.
En formularios electrónicos, ese mismo código podría utilizarse para confirmar una solicitud o una firma.
La idea es simplificar el acceso a determinados servicios públicos sin renunciar a la trazabilidad de cada operación.
La firma electrónica también podrá hacerse con códigos temporales
La resolución contempla que algunos formularios puedan combinar identificación y manifestación de voluntad dentro del mismo proceso.
El usuario deberá realizar una acción expresa que demuestre que quiere presentar o firmar el trámite y podrá introducir un código temporal para confirmar esa decisión.
La evidencia electrónica generada quedará incorporada al expediente administrativo.
Esto permitirá al SEPE mantener constancia de quién realizó la gestión, cuándo la hizo y mediante qué mecanismo de identificación.
También se contemplan sistemas biométricos
La norma va incluso más allá y menciona la posibilidad de utilizar sistemas biométricos.
No obstante, estos mecanismos no tendrán efectos hasta que estén operativos y cumplan las garantías jurídicas y técnicas exigidas.
Por tanto, la biometría forma parte del marco previsto, pero no puede considerarse actualmente un método general disponible para tramitar el paro.
El cambio busca reducir barreras digitales
La ampliación de métodos responde a un problema habitual en la administración electrónica: no todos los ciudadanos disponen de certificado digital o utilizan Cl@ve con facilidad.
Permitir códigos temporales, SMS o datos de contraste puede reducir barreras para personas con menor experiencia digital.
Sin embargo, el SEPE está aplicando estos mecanismos de forma progresiva.
No todos los procedimientos tienen el mismo nivel de riesgo ni requieren la misma seguridad.
Una simple consulta de información puede admitir un sistema más sencillo que una solicitud que genera derechos económicos y exige firma.
Qué necesita ahora una persona para solicitar el paro online
Para quien quiera solicitar actualmente una prestación por desempleo, la recomendación es clara: comprobar siempre el método de identificación exigido en el procedimiento concreto.
Si el trámite es la solicitud formal de una prestación, sigue siendo necesario disponer de Cl@ve, certificado digital o DNI electrónico.
La nueva resolución no elimina ese requisito de manera general.
Lo que hace es crear la base legal para que el SEPE pueda ir incorporando progresivamente alternativas.
La prestación contributiva mantiene sus requisitos
El cambio en la identificación no modifica las condiciones de acceso a la prestación por desempleo.
Con carácter general, para acceder a la prestación contributiva sigue siendo necesario haber cotizado al menos 360 días por desempleo, además de cumplir el resto de requisitos establecidos.
Lo que cambia es únicamente la forma en la que el ciudadano puede acreditar su identidad y presentar determinados trámites ante el organismo.
El SEPE entra en una transición digital
La situación actual puede resumirse de forma sencilla: la normativa ya permite más opciones que las que la plataforma ofrece hoy en todos sus servicios.
El SEPE dispone desde julio del respaldo legal para utilizar códigos temporales, SMS y otros sistemas de contraste.
Pero en la práctica, cada procedimiento mantiene sus propias exigencias.
Por eso, quien lea que «ya se puede hacer todo con un SMS» puede llevarse una sorpresa.
Consultar determinadas prestaciones sí puede ser más sencillo; pedir el paro online, de momento, no.


