Una mujer en Asturias deberá devolver 16 365,93 euros correspondientes a la prestación autonómica del salario social básico que percibió mientras esperaba la resolución del Ingreso Mínimo Vital (IMV). El Tribunal Superior de Justicia de Asturias confirmó la reclamación realizada por el Principado al considerar incompatibles ambas ayudas durante el periodo indicado, a pesar del reconocimiento retroactivo del IMV.
El caso se inició en 2015 cuando la Consejería de Bienestar Social y Vivienda del Principado concedió a la beneficiaria el salario social básico, aumentando su cuantía mensual hasta 461,73 euros en enero de 2023. En junio de 2020, la mujer solicitó el IMV, inicialmente denegado por vía administrativa y judicial. Finalmente, en julio de 2023 el Tribunal Superior de Justicia reconoció su derecho al IMV con efectos desde el 1 de julio de 2020, lo que llevó al abono de 20 147,99 euros por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social hasta octubre de 2023.
Tras el reconocimiento retroactivo, el Principado revisó de oficio la prestación autonómica y suspendió cautelarmente el salario social básico, extinguiéndolo con efectos desde el 1 de enero de 2021. La administración reclamó la devolución de las cantidades pagadas indebidamente durante ese periodo.
La mujer presentó recurso que fue desestimado tanto en primera instancia como por el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. El tribunal fundamentó su sentencia en que el salario social básico es una ayuda subsidiaria destinada a quienes carecen de recursos económicos suficientes y que debe complementarse con otras prestaciones, por lo que el IMV debe computarse como recurso económico.
Además, la sentencia señala que la reclamación no se basa en un incumplimiento deliberado, sino en las consecuencias económicas del reconocimiento retroactivo del IMV, y desestima que exista retraso injustificado de la administración autonómica. También indica que la falta de ingresos no está relacionada con el objeto del recurso, y que existen mecanismos legales para reclamar prestaciones.
La resolución confirma la extinción de la prestación autonómica y la devolución de 16 365,93 euros, sin imponer expresamente las costas del proceso.


