El nuevo real decreto amplía los plazos para cumplir los requisitos energéticos, eleva de 1 a 10 MW el umbral de aplicación y concede más margen a los grandes proyectos europeos de inteligencia artificial.
El Gobierno ha introducido más flexibilidad para las empresas que quieran instalar centros de datos en España, unas infraestructuras esenciales para la expansión de la inteligencia artificial, pero también grandes consumidoras de electricidad y agua. La nueva propuesta de real decreto mantiene la obligación de cubrir al menos el 80 % del consumo eléctrico con fuentes renovables, aunque amplía los plazos y modifica varios requisitos del borrador inicial.
El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco) defiende que los cambios mantienen la ambición ambiental de la norma y buscan evitar que el crecimiento descontrolado de estas instalaciones dispare la presión sobre los recursos hídricos y el precio de la electricidad. Sin embargo, la flexibilización plantea una cuestión relevante: cómo atraer inversiones tecnológicas sin trasladar los costes energéticos y ambientales a los ciudadanos y al conjunto del sistema eléctrico.
El documento fue remitido al Consejo de Estado el lunes 26 de octubre, según la información publicada por RTVE y las agencias. Se trata de una propuesta normativa, por lo que sus condiciones definitivas dependerán de la tramitación y aprobación del real decreto.
El 80 % de la electricidad deberá proceder de fuentes renovables
La nueva regulación conserva uno de sus requisitos centrales: los titulares de los centros de datos deberán acreditar que cubren al menos el 80 % de su consumo eléctrico total mediante autoconsumo o compra de electricidad renovable en España.
El objetivo es vincular el desarrollo de estas infraestructuras a una generación eléctrica de origen renovable y limitar el impacto de una actividad cuyo consumo puede aumentar a medida que crecen la computación en la nube y los sistemas de inteligencia artificial.
No obstante, el nuevo texto amplía las opciones disponibles para cumplir esa obligación. Entre los cambios figura la posibilidad de vincular instalaciones renovables que hayan entrado en funcionamiento hasta 36 meses antes de la puesta en marcha del centro de datos, frente a los 18 meses contemplados en el primer borrador.
También se reduce de diez a seis años la duración exigida a determinados contratos de compra de electricidad renovable a largo plazo, según la información difundida sobre la propuesta.
La combinación de estos cambios busca facilitar la financiación y puesta en marcha de los proyectos, aunque también rebaja algunas de las condiciones temporales previstas inicialmente.
Seis meses de gracia para adaptarse a los requisitos
Uno de los cambios más relevantes afecta a los plazos de cumplimiento. Hasta el comienzo de 2029, las empresas dispondrán de seis meses desde la formalización del contrato de acceso a la red eléctrica para cumplir los requisitos relacionados con la generación renovable y su adicionalidad.
Este concepto técnico se refiere, en términos generales, a que la demanda de una instalación se vincule a nueva capacidad de generación renovable, en lugar de limitarse a contratar electricidad verde sin contribuir necesariamente a aumentar la oferta disponible.
El periodo transitorio pretende facilitar la entrada de nuevos proyectos en funcionamiento. Sin embargo, también abre el debate sobre cómo garantizar que el crecimiento de la demanda eléctrica se acompase con la disponibilidad real de generación limpia y de capacidad en la red.
La cuestión es especialmente importante en un sector que puede concentrar una demanda elevada en ubicaciones concretas y que necesita un suministro fiable para mantener operativos sus servicios digitales.
La regulación se centrará en los centros de datos de más de 10 MW
La propuesta modifica de forma significativa el umbral general de aplicación: pasa de 1 a 10 megavatios (MW) de potencia de acceso.
El cambio concentra las obligaciones más exigentes en las instalaciones de mayor tamaño, incluidas las que dan servicio a grandes plataformas digitales y sistemas de inteligencia artificial. En consecuencia, los proyectos que queden por debajo del nuevo umbral podrían tener un tratamiento distinto en el marco de estas obligaciones específicas.
Los centros con una potencia de acceso superior a 10 MW deberán consumir mayoritariamente electricidad renovable mediante autoconsumo o contratos de suministro a largo plazo hasta que el sistema eléctrico español alcance un 90 % de generación renovable, según la descripción de la propuesta publicada por RTVE.
Este planteamiento sitúa el desarrollo de grandes infraestructuras digitales en el centro de la política energética. Su expansión puede generar inversión, actividad económica y capacidad tecnológica, pero exige evaluar también sus efectos sobre la red, la planificación eléctrica y la disponibilidad de recursos.
Más margen para los proyectos europeos de inteligencia artificial
El texto concede un plazo más amplio a determinadas iniciativas estratégicas de la Unión Europea vinculadas a la soberanía digital.
Los centros de datos que formen parte de proyectos estratégicos europeos orientados a reforzar la autonomía tecnológica de la UE podrán disponer de hasta 60 meses para poner en marcha las medidas de autoconsumo o compra de electricidad renovable, de acuerdo con la información de Efe recogida por RTVE.
La excepción pretende facilitar proyectos considerados relevantes para la capacidad tecnológica europea. La inteligencia artificial necesita grandes infraestructuras de computación, y la ubicación de esos recursos condiciona tanto la competitividad económica como el control sobre datos y servicios estratégicos.
La contrapartida es que los plazos especiales pueden prolongar el periodo durante el cual algunas instalaciones todavía no cumplen plenamente las condiciones previstas. El alcance de esa flexibilidad y sus efectos reales dependerán de la aplicación definitiva de la norma.
Baterías y energía solar: nuevas vías para cumplir la norma
La propuesta incorpora el almacenamiento mediante baterías entre las opciones que pueden ayudar a satisfacer los requisitos energéticos. También permite utilizar electricidad procedente de plantas solares fotovoltaicas con independencia de su fecha de construcción, siempre que estas no tuvieran suscritos determinados contratos de compra de electricidad renovable a plazo cuando entre en vigor el real decreto.
Estas modificaciones amplían las alternativas para que las empresas acrediten el suministro renovable. El almacenamiento puede contribuir a desplazar energía entre distintos momentos del día y a gestionar mejor la diferencia entre la producción solar y la demanda eléctrica.
Sin embargo, disponer de baterías o contratar electricidad renovable no elimina por sí solo todos los desafíos asociados a los centros de datos. También es necesario considerar la ubicación de las instalaciones, la capacidad de conexión a la red y la correspondencia temporal entre la demanda y la generación.
Cinco años para adaptarse a la correlación horaria renovable
El borrador contempla un periodo de adaptación de cinco años para cumplir los requisitos de correlación horaria renovable, mediante objetivos graduales.
Esta exigencia busca que el consumo eléctrico de los centros de datos guarde una relación más estrecha con la disponibilidad de electricidad renovable en cada periodo, en lugar de limitarse a compensar el consumo total mediante contratos anuales.
A cambio de acogerse a este periodo de adaptación, las empresas deberán integrarse en un sistema de reducción automática de potencia. Esto permitirá que el operador del sistema solicite una disminución del consumo cuando existan tensiones en la red, respetando el tiempo de respuesta comunicado por la instalación y sin indemnización, según la descripción publicada por RTVE.
El mecanismo introduce una condición relevante: las infraestructuras deberán contemplar la posibilidad de reducir su demanda eléctrica en determinadas circunstancias para contribuir a la estabilidad del sistema.
La eficacia de esta fórmula dependerá de cómo se concreten los procedimientos de activación, los tiempos de respuesta y las condiciones técnicas aplicables.
Agua y eficiencia energética: también cambia el margen transitorio
El impacto ambiental de los centros de datos no se limita a la electricidad. La refrigeración de los equipos puede requerir recursos hídricos, por lo que el proyecto mantiene la exigencia de cumplir los niveles más elevados del etiquetado europeo relativos al consumo de agua.
En materia de eficiencia energética, la propuesta eleva de 1,15 a 1,25 el margen transitorio del indicador PUE, que mide la relación entre la energía total consumida por un centro de datos y la energía utilizada directamente por sus equipos informáticos.
Un valor PUE más bajo suele indicar una mayor eficiencia global, porque significa que una proporción menor de la electricidad se destina a refrigeración y otros sistemas auxiliares. La modificación del umbral transitorio concede más margen a determinadas instalaciones, teniendo en cuenta también las condiciones climáticas.
Este régimen se mantendrá hasta el 31 de diciembre de 2031 para las instalaciones que formalicen su contrato de acceso a la red antes de 2029.
La regulación intenta así compatibilizar la implantación de infraestructuras digitales con objetivos de eficiencia, aunque el efecto final dependerá de las características de cada instalación y de los requisitos que establezca el texto definitivo.
Soberanía digital: los datos sensibles deberán permanecer en la UE
El proyecto también incluye obligaciones relacionadas con la soberanía digital. Los centros que alojen los datos más sensibles del sector público deberán mantenerlos dentro de la Unión Europea.
No obstante, el texto permite determinadas labores de soporte técnico remoto desde terceros países cuando sean estrictamente necesarias.
La distinción es importante: la ubicación de los datos y el acceso técnico a los sistemas son cuestiones diferentes. La propuesta pretende preservar el control territorial de la información sensible sin impedir todas las operaciones técnicas que puedan resultar necesarias para mantener las infraestructuras.
La regulación definitiva deberá concretar el alcance de estas obligaciones y las condiciones bajo las cuales podrá realizarse ese soporte remoto.
La inversión tecnológica y el coste ambiental, en el centro del debate
La revisión del real decreto refleja el desafío al que se enfrenta España: aprovechar las oportunidades económicas de los centros de datos sin comprometer la planificación energética ni aumentar de forma injustificada la presión sobre el agua y la electricidad.
Estas instalaciones pueden reforzar la infraestructura digital del país y facilitar el desarrollo de servicios en la nube y de inteligencia artificial. Pero su implantación también requiere conexiones eléctricas, suministro estable, refrigeración y una planificación que tenga en cuenta las necesidades de otros consumidores.
El Miteco sostiene que la propuesta mantiene los elementos esenciales de protección ambiental. La flexibilización de plazos, el aumento del umbral de potencia y las excepciones para proyectos estratégicos constituyen, sin embargo, cambios sustanciales respecto al primer borrador.
Para valorar el resultado será necesario conocer el texto definitivo, las condiciones concretas de cumplimiento y los mecanismos de supervisión. También será importante comprobar cómo se aplicarán los requisitos a cada instalación y qué información pública se ofrecerá sobre su consumo eléctrico y de agua.
La clave no será únicamente cuántos centros de datos consiga atraer España, sino en qué condiciones energéticas y ambientales se desarrollarán. La nueva norma busca facilitar las inversiones tecnológicas, pero su éxito dependerá de que esa flexibilidad no se traduzca en una mayor presión sobre los recursos que necesitan los hogares y las empresas.


