La presidenta madrileña abordó con Javier Milei el impacto de la Ley de Nietos en las elecciones del 29-N, mientras el Supremo mantiene suspendido el voto de más de 163 000 nacionalizados salvo acreditación consular.
La controversia sobre la Ley de Nietos ha llegado a la agenda de Isabel Díaz Ayuso y Javier Milei en plena precampaña de las elecciones generales del 29 de noviembre. La presidenta de la Comunidad de Madrid y el jefe del Estado argentino analizaron en su reunión del miércoles las consecuencias políticas y jurídicas de la aplicación de esta norma, en un momento marcado por la disputa sobre el derecho al voto de miles de españoles residentes en el extranjero.
El encuentro, celebrado durante cerca de dos horas en las instalaciones del Canal de Isabel II, coincidió con una decisión del Tribunal Constitucional que ha mantenido abierto el conflicto judicial: el tribunal rechazó intervenir por ahora en la suspensión cautelar del voto de determinados nacionalizados, al considerar prematuro el recurso del Defensor del Pueblo. La decisión no resolvió el fondo de la controversia.
Ayuso lleva meses cuestionando la gestión del Gobierno de Pedro Sánchez en esta materia y ha advertido de posibles consecuencias electorales. La presidenta madrileña sostiene que la ampliación de las vías para obtener la nacionalidad podría tener efectos políticos relevantes. Sin embargo, no existe en la información disponible una resolución judicial que acredite una manipulación electoral por parte del Gobierno.
El debate enfrenta dos cuestiones fundamentales: la necesidad de garantizar el derecho al sufragio de quienes cumplen los requisitos legales y la obligación de asegurar que el censo electoral se forme con las debidas garantías.
El Supremo mantiene la suspensión del voto para el 29-N
El Tribunal Supremo confirmó el 12 de octubre la suspensión cautelar de los efectos electorales de determinadas inscripciones vinculadas a la llamada Ley de Nietos. La medida afecta a 163 020 personas, según los datos aportados al procedimiento judicial, aunque no supone la anulación de su nacionalidad española.
La resolución se refiere a quienes obtuvieron la nacionalidad mediante una vía concreta de la disposición adicional octava de la Ley 20/2022, de Memoria Democrática, y cuya inscripción electoral está afectada por la controversia sobre la acreditación del exilio.
El Supremo ordenó mantener suspendidos los efectos electorales de las inscripciones afectadas mientras se determina si se cumplen los requisitos exigidos. Quienes acrediten mediante certificación consular que son descendientes de exiliados por los motivos previstos podrán quedar fuera de esa suspensión, conforme a las condiciones establecidas judicialmente.
La diferencia es importante: la medida no impide votar a todos los españoles nacionalizados por la Ley de Nietos de manera indiscriminada. Su alcance depende de la vía por la que se obtuvo la nacionalidad y de las circunstancias que deben acreditarse.
El Constitucional rechaza intervenir por ahora
El 21 de octubre, el Tribunal Constitucional rechazó intervenir en el asunto a raíz del recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo.
La decisión se basó en el carácter prematuro de la petición, dado que todavía permanecían abiertas vías judiciales en el Tribunal Supremo. Por tanto, el Constitucional no resolvió definitivamente si la suspensión vulnera el derecho fundamental al sufragio de las personas afectadas.
El rechazo tampoco equivale a declarar que la actuación del Supremo sea definitivamente correcta en todos sus aspectos. Significa que el tribunal de garantías no consideró procedente intervenir en ese momento procesal.
La disputa tiene especial trascendencia por la proximidad de las elecciones generales. Si los afectados no consiguen acreditar a tiempo las condiciones exigidas, podrían quedarse sin participar en los comicios del 29 de noviembre, aunque su nacionalidad española no haya sido anulada.
Ayuso cuestiona la gestión de Moncloa
La presidenta madrileña ha criticado reiteradamente la aplicación de la Ley de Nietos y ha acusado al Gobierno de actuar con criterios que, a su juicio, podrían tener consecuencias electorales.
Ayuso ha utilizado expresiones como «cirugía electoral» para describir lo que considera una posible alteración de las condiciones de la competición política. Se trata de una acusación política que debe diferenciarse de los hechos acreditados por las resoluciones judiciales.
El Supremo justificó la medida cautelar por el riesgo de que el censo se constituyera sin garantías suficientes de exactitud, veracidad, igualdad, objetividad y transparencia. La mayoría de los magistrados consideró que era necesario proteger la integridad del proceso electoral mientras se aclaraban las condiciones de las inscripciones cuestionadas.
La resolución no demuestra por sí misma que el Ejecutivo de Sánchez haya diseñado una operación para alterar el resultado electoral. Sí confirma que existe una controversia jurídica sobre la aplicación de la norma y la verificación de los requisitos para votar.
El voto particular que divide al Supremo
La decisión del alto tribunal contó con el voto discrepante de la magistrada Alicia Millán Herrandis. La jueza consideró que el adelanto electoral había cambiado sustancialmente las circunstancias del caso y que mantener la suspensión podía provocar una lesión irreversible del derecho de sufragio.
A su juicio, una vez celebradas las elecciones, una resolución posterior favorable a los afectados no podría devolverles la oportunidad de votar en esos comicios concretos.
La mayoría del tribunal, sin embargo, mantuvo la suspensión al considerar que la integridad del censo y la prevención de posibles irregularidades debían prevalecer en la fase cautelar.
El desacuerdo revela la tensión entre dos principios jurídicos: proteger el derecho individual a participar en las elecciones y garantizar que el censo cumpla los requisitos legales. El voto particular es relevante para comprender el debate, pero no modifica el fallo mayoritario.
Argentina, en el centro de la controversia
La dimensión internacional del asunto resulta especialmente visible por la relación entre España y Argentina. Según la información publicada sobre el encuentro, en Buenos Aires se habían presentado cientos de miles de solicitudes para optar a la nacionalidad española.
El artículo original cifra en 645 000 las solicitudes presentadas en el consulado de Buenos Aires. Esa cifra debe entenderse como un dato atribuido a la información publicada y no como el número de personas que necesariamente cumplen los requisitos para votar en las elecciones españolas.
Solicitar la nacionalidad, obtenerla e incorporarse al censo electoral son trámites distintos. Tampoco todos los nuevos nacionalizados están sujetos automáticamente a la suspensión judicial: la controversia afecta a determinadas inscripciones vinculadas a una vía concreta de la Ley de Memoria Democrática.
La relevancia electoral de los residentes en el extranjero depende, además, de su distribución por circunscripciones y de la participación efectiva. No puede deducirse que un volumen de solicitudes se traduzca directamente en un número determinado de votos o escaños.
Una reunión marcada por la política internacional
La reunión entre Ayuso y Milei no se limitó a la controversia electoral. Ambos dirigentes repasaron la situación política de España y Argentina, las relaciones entre ambos países, el papel de las clases medias y la situación de Ceuta, según la información difundida sobre el encuentro.
Milei invitó a Ayuso a visitar Argentina, mientras que la presidenta madrileña le pidió que acudiera a la XXX Cumbre Iberoamericana prevista en Madrid a comienzos de noviembre.
Ayuso entregó al presidente argentino una edición de Don Quijote de la Mancha publicada en 1819, una escultura artesanal de bronce con las siete estrellas de la bandera de la Comunidad de Madrid y un ejemplar del libro 1776 We the Hispanics, de Eva García.
Tras la reunión, la presidenta expresó públicamente su afecto por Argentina y sus deseos de prosperidad para el país. El encuentro se enmarca en una relación política que ambos dirigentes han cultivado en los últimos años.
Los escraches obligan a trasladar los actos institucionales
La reunión se celebró en las instalaciones del Canal de Isabel II, en la calle Santa Engracia, en lugar de la Real Casa de Correos, sede habitual del Gobierno madrileño en la Puerta del Sol.
Según el equipo de Ayuso citado por Libertad Digital, el traslado respondía tanto a las obras previstas en el edificio como a los problemas de seguridad asociados a las protestas y los escraches registrados en las inmediaciones.
La decisión también afectó a la reunión del Consejo de Gobierno, que se celebró fuera de la sede habitual. La presencia de manifestantes y las dificultades para acceder a las instalaciones habían complicado la actividad institucional, según fuentes del Ejecutivo regional.
Antes del encuentro, Milei había sufrido una protesta durante su visita a la Universidad Rey Juan Carlos, donde participó en un acto relacionado con la Escuela Austríaca de Economía.
El traslado de las reuniones pone de manifiesto la tensión política que rodea la visita del presidente argentino, aunque las razones concretas de seguridad y organización deben atribuirse a las fuentes que las comunicaron.
Qué puede ocurrir antes de las elecciones del 29 de noviembre
La situación judicial todavía puede evolucionar. La resolución del Constitucional no cerró el procedimiento, mientras que el Supremo mantiene la medida cautelar y el debate sobre los requisitos que deben acreditarse para ejercer el derecho al voto.
Los próximos pasos dependerán de las actuaciones de los afectados, de la documentación aportada por los consulados y de las decisiones que adopten los tribunales competentes.
Para evaluar el alcance real de la controversia conviene distinguir tres cuestiones:
- La nacionalidad española: la suspensión cautelar no supone que los afectados pierdan la nacionalidad.
- El derecho a votar el 29-N: depende de las condiciones establecidas en la resolución judicial y de la acreditación exigida.
- Las acusaciones de manipulación electoral: son afirmaciones políticas que necesitan pruebas específicas y no pueden darse por demostradas por la existencia de una disputa judicial.
La reunión de Ayuso y Milei ha situado el asunto en el plano político internacional, pero el desenlace depende de los procedimientos legales pendientes.
La pregunta central es cómo garantizar que ningún ciudadano con derecho a voto quede excluido indebidamente y, al mismo tiempo, que las elecciones se celebren con un censo verificable y sujeto a la ley. La respuesta deberá proceder de las resoluciones y pruebas del procedimiento, no de las acusaciones cruzadas entre partidos.


