El Ayuntamiento de Barcelona ha dado luz verde al reglamento que permitirá a la Guardia Urbana utilizar pistolas Taser en situaciones de alto riesgo. La normativa impone una formación específica, limita su uso a casos excepcionales y obliga a grabar todas las intervenciones.
El Ayuntamiento de Barcelona ha aprobado inicialmente el reglamento que permitirá a la Guardia Urbana utilizar dispositivos conductores de energía (DCE), conocidos popularmente como pistolas Taser, como herramienta policial intermedia entre la defensa extensible y el arma de fuego.
La nueva regulación establece un marco de actuación muy estricto para el uso de estos dispositivos, fijando requisitos de formación, mecanismos de supervisión y controles tecnológicos con el objetivo de garantizar que su utilización quede limitada a situaciones de grave riesgo para la seguridad.
Solo podrán utilizarse ante amenazas graves
El reglamento determina que las pistolas Taser únicamente podrán emplearse cuando exista un riesgo elevado para la vida o la integridad física de los agentes, de terceras personas o incluso de la propia persona implicada.
Entre los supuestos previstos destacan:
- Agresiones violentas contra agentes o ciudadanos.
- Personas armadas o que supongan una amenaza inmediata.
- Situaciones de autolesión o intentos de suicidio en las que resulte necesario neutralizar el riesgo.
- Escenarios donde otras medidas menos lesivas hayan resultado insuficientes.
Antes de recurrir a este recurso, los agentes estarán obligados a intentar resolver la situación mediante el diálogo, la mediación y técnicas de desescalada, además de advertir previamente del posible uso del dispositivo siempre que las circunstancias lo permitan.

Prohibiciones y colectivos especialmente protegidos
La normativa también incorpora importantes restricciones para evitar un uso desproporcionado.
Queda expresamente prohibido utilizar las pistolas eléctricas sobre:
- Personas esposadas o inmovilizadas bajo custodia.
- Casos de resistencia pasiva.
- Menores de 14 años, salvo situaciones excepcionales de peligro extremo.
- Mujeres embarazadas.
- Personas de edad avanzada o especialmente vulnerables, excepto cuando exista un riesgo grave e inmediato que no pueda afrontarse de otro modo.
Asimismo, cada descarga tendrá un límite máximo de cinco segundos y deberá aplicarse únicamente durante el tiempo imprescindible para neutralizar la amenaza.
Formación obligatoria para todos los agentes autorizados
No todos los miembros de la Guardia Urbana podrán portar estos dispositivos.
El reglamento establece que únicamente podrán utilizarlos agentes de carrera que hayan superado una formación específica y desempeñen funciones operativas o de mando.
El programa formativo incluirá:
- Legislación sobre el uso de la fuerza.
- Manejo operativo del dispositivo.
- Primeros auxilios.
- Utilización de desfibriladores.
- Atención a personas con problemas de salud mental.
- Técnicas de reducción y resolución de conflictos.
El objetivo es que el uso de estas armas eléctricas quede reservado a personal especialmente preparado.
Todas las actuaciones deberán quedar grabadas
Uno de los aspectos más destacados del reglamento es el refuerzo de los mecanismos de control.
Cada utilización de una pistola Taser deberá quedar registrada mediante:
- La cámara incorporada al propio dispositivo.
- Las cámaras personales de los agentes.
- El registro automático de la hora de activación.
- Número de descargas efectuadas.
- Duración de cada descarga.
Además, tras cada intervención será obligatorio solicitar asistencia sanitaria para la persona afectada cuando resulte necesario, preservar las pruebas y elaborar un informe detallado de la actuación policial.
Supervisión anual y transparencia
El Ayuntamiento también prevé un sistema permanente de evaluación.
Un órgano interno elaborará informes anuales sobre el uso de los dispositivos, detallando:
- Número de intervenciones.
- Tipo de incidentes.
- Contexto de utilización.
- Perfil de las personas afectadas.
Estos informes serán remitidos al Gobierno municipal, a la Sindicatura de Greuges y se publicarán conforme a los principios de transparencia.
Asimismo, el reglamento contempla una revisión específica durante el primer año de implantación para valorar si es necesario modificar los protocolos o reforzar la formación de los agentes.
Un debate abierto sobre el uso de las Taser
La incorporación de las pistolas Taser vuelve a situar sobre la mesa el debate sobre los medios de los que deben disponer las fuerzas policiales.
Sus defensores consideran que estos dispositivos ofrecen una alternativa menos letal que las armas de fuego y pueden evitar lesiones tanto a los agentes como a las personas implicadas en intervenciones especialmente peligrosas.
Por el contrario, distintas organizaciones de defensa de los derechos humanos han reclamado históricamente protocolos muy estrictos para evitar usos indebidos y garantizar el respeto a los derechos fundamentales.
Con este reglamento, Barcelona se suma a otras administraciones que ya han incorporado este tipo de dispositivos a sus cuerpos policiales, aunque lo hace bajo un sistema de control y supervisión especialmente reforzado.

