Consumo sanciona con 750.000 euros a EBR Management por organizar sin autorización el sorteo del Tesla personalizado como Rayo McQueen. La empresa vendió 376.850 participaciones a un euro y no ha conseguido que prosperen sus alegaciones.
Por Redacción de El Vértice | 9 de octubre de 2026
Un coche de lujo, cientos de miles de compradores y una sanción de tres cuartos de millón de euros. La rifa navideña que promocionó el conocido creador de contenido TheGrefg, cuyo nombre real es David Cánovas, ha terminado convirtiéndose en un caso de referencia sobre los límites legales de los sorteos organizados por influencers en España.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 ha impuesto una multa de 750.000 euros a EBR Management SLU, la empresa responsable de organizar la rifa de un Tesla Model S Plaid personalizado con la estética del personaje Rayo McQueen. La Administración considera que el sorteo se realizó sin la autorización exigida por la legislación española sobre el juego.
La promoción estuvo activa entre el 24 de diciembre de 2024 y el 6 de enero de 2025. Para participar, los usuarios debían comprar un fondo de pantalla digital por un euro. Cada adquisición daba derecho a una participación en el sorteo del vehículo, que pertenecía al propio creador de contenido.
En total, se registraron 376.850 compras. La empresa defendió que se trataba de una acción promocional, pero Consumo rechazó sus argumentos y mantuvo la sanción tras desestimar el recurso presentado. <Cite refs={[«turn300483search0″,»turn300483news24»]}/>
El caso vuelve a poner sobre la mesa una cuestión importante para la economía digital: tener millones de seguidores no exime de cumplir las normas que regulan las promociones comerciales y los juegos de azar.
TheGrefg y el sorteo del Tesla de Rayo McQueen
La campaña se presentó como una oportunidad para que los seguidores consiguieran un vehículo singular. El premio era un Tesla Model S Plaid modificado con una decoración inspirada en Rayo McQueen, el coche protagonista de la película Cars.
El vehículo pertenecía a David Cánovas, conocido en internet como TheGrefg, uno de los creadores de contenido españoles con mayor presencia en las plataformas digitales.
La fórmula elegida para participar consistía en adquirir un producto digital de bajo coste. Por un euro, el comprador obtenía un fondo de pantalla y una participación en el sorteo.
La mecánica permitió que miles de usuarios pudieran participar con un desembolso reducido. Sin embargo, el precio individual no eliminaba la necesidad de cumplir las obligaciones legales aplicables al conjunto de la operación.
La promoción fue difundida a través de las redes sociales del influencer, mientras que la organización del sorteo correspondía a EBR Management SLU.
Esta distinción es fundamental para entender el expediente: la resolución administrativa citada por los medios identifica a la sociedad como destinataria de la sanción. Aunque la campaña estaba vinculada al vehículo de TheGrefg y fue promocionada por él, no debe confundirse una multa impuesta a una empresa con una sanción personal al creador de contenido.
376.850 compras: las cifras de la promoción
El volumen de participaciones permite comprender la dimensión económica de la operación.
Estas son las principales cifras publicadas sobre el sorteo:
- 376.850 compras de fondos de pantalla digitales.
- Un euro por cada compra que daba derecho a participar.
- 376.850 euros de ingresos brutos derivados de esas compras, antes de descontar costes, impuestos u otros gastos.
- Un vehículo cuyo valor se situaba por encima de los 75.000 euros según la información difundida sobre el expediente, aunque el propietario afirmó que le había costado 120.000 euros.
- 750.000 euros de multa impuesta a EBR Management SLU.
La comparación entre el volumen de ventas y la sanción ayuda a dimensionar el alcance económico del caso. No obstante, la recaudación bruta no equivale al beneficio neto de la empresa, y el importe de la multa no permite calcular por sí solo la rentabilidad final de la campaña.
Tampoco debe confundirse el valor del premio con el dinero obtenido por la promoción: son magnitudes distintas.
La conclusión económica más relevante es que una acción comercial aparentemente sencilla puede generar una responsabilidad administrativa considerable cuando la autoridad determina que se ha desarrollado sin la habilitación legal necesaria. <Cite refs={[«turn300483search2″,»turn300483search6»]}/>
Por qué Consumo considera ilegal la rifa
El punto central del expediente no es el diseño del Tesla ni el precio del fondo de pantalla. Es la naturaleza jurídica de la promoción.
Según la información publicada, la Administración consideró que la operación constituía una rifa que requería autorización previa, y no una simple combinación aleatoria con fines publicitarios o promocionales.
La empresa defendió esta segunda interpretación, pero el Ministerio de Consumo rechazó sus alegaciones. La resolución mantuvo que la actividad se había desarrollado sin el título habilitante exigido por la normativa aplicable.
La diferencia no es meramente terminológica. Una promoción comercial puede estar sometida a requisitos distintos de los que corresponden a una actividad regulada como juego. La calificación depende de las características concretas de la operación, de su mecánica y de la legislación aplicable.
En este caso, la autoridad entendió que la compra del producto digital funcionaba como vía de acceso a la rifa y que la actividad necesitaba una autorización que la empresa no había solicitado.
Vender un producto digital no convierte automáticamente en una promoción publicitaria cualquier sorteo asociado a su compra. Lo determinante es cómo está estructurada la actividad y qué reglas legales le corresponden.
Para los creadores de contenido y las empresas que trabajan con ellos, el caso subraya la importancia de comprobar los requisitos jurídicos antes de lanzar campañas que ofrecen premios de elevado valor.
Una sanción de 750.000 euros y un recurso rechazado
La multa se impuso después de la tramitación de un expediente administrativo relacionado con la presunta organización de una rifa sin autorización.
La Dirección General de Ordenación del Juego intervino en la fase previa, al considerar que la conducta podía constituir una infracción muy grave. Posteriormente, la resolución sancionadora de la Dirección General de Consumo fijó la multa en 750.000 euros.
EBR Management presentó un recurso para defender su interpretación de la campaña. Sin embargo, el Ministerio lo desestimó y mantuvo la calificación de la actividad como una rifa sin la autorización necesaria.
La Administración tampoco aceptó una nueva reducción de la sanción, según la información difundida sobre la resolución.
Estos datos muestran que la empresa tuvo ocasión de defender su posición en el procedimiento administrativo. La decisión final no dio la razón a su argumento de que se trataba de una acción promocional.
Conviene, no obstante, distinguir entre la firmeza de una decisión en vía administrativa y las posibles actuaciones judiciales posteriores. La información disponible sobre la resolución no debe interpretarse como prueba de que se hayan agotado todas las vías de revisión que pudieran corresponder.
TheGrefg, residente en Andorra, y el debate sobre los influencers
La residencia de TheGrefg en Andorra aparece destacada en buena parte de los titulares sobre el caso. El dato añade interés público porque muchos creadores españoles han trasladado su residencia al principado, donde existen diferencias fiscales respecto a España.
Sin embargo, la residencia en Andorra no es el motivo de la sanción descrita en este expediente. La infracción señalada por Consumo se refiere a la organización de una rifa sin la autorización requerida.
Tampoco puede deducirse automáticamente que una persona haya cometido una irregularidad fiscal por vivir en ese país. La residencia fiscal depende de las circunstancias y de los criterios legales aplicables a cada contribuyente.
El aspecto relevante de esta noticia es otro: una campaña difundida por un creador de contenido residente fuera de España podía ser accesible desde direcciones IP españolas y estaba dirigida a una audiencia que incluía usuarios en territorio español.
La actividad comercial en internet no queda al margen de la regulación por el mero hecho de que el promotor tenga seguidores internacionales o resida fuera del país. La jurisdicción y las obligaciones aplicables deben determinarse a partir de los hechos y de las normas correspondientes.
Qué deben aprender los creadores de contenido de este caso
La sanción deja varias lecciones para quienes utilizan su audiencia digital para organizar promociones, sorteos o campañas comerciales.
1. Revisar la normativa antes de anunciar el premio. La estructura jurídica debe comprobarse antes de abrir la participación al público, no después de haber vendido cientos de miles de unidades.
2. Diferenciar un producto de una participación en un sorteo. Cuando la compra de un artículo da acceso a un premio aleatorio, es necesario analizar si la operación queda sometida a la regulación del juego.
3. Identificar quién organiza la campaña. El creador de contenido, la sociedad que comercializa el producto y la entidad que gestiona el sorteo pueden desempeñar funciones distintas. Los contratos y las responsabilidades deben estar claramente definidos.
4. Comprobar las obligaciones territoriales. Las campañas accesibles desde España deben analizarse teniendo en cuenta la normativa que pueda resultar aplicable, con independencia de que su promotor tenga seguidores en otros países.
5. Informar de las condiciones con transparencia. Los participantes deben poder conocer las reglas, los requisitos de acceso y las condiciones de la promoción.
Estas precauciones no garantizan por sí solas que una campaña sea legal, pero ayudan a detectar riesgos antes de que se conviertan en un problema administrativo o judicial.
Un precedente para el negocio de los sorteos en redes sociales
El caso de TheGrefg ilustra el alcance económico que pueden adquirir las promociones organizadas alrededor de comunidades digitales masivas.
Los sorteos permiten a los creadores reforzar su relación con sus seguidores y generar ingresos mediante productos, patrocinios y campañas comerciales. Sin embargo, esa capacidad de movilización también implica obligaciones legales.
El riesgo no desaparece porque el producto vendido sea digital, porque el precio de entrada sea de un euro o porque la promoción se presente como un regalo para la comunidad. La Administración examina la actividad real y la normativa que le corresponde.
Para las marcas y las empresas colaboradoras, el expediente también plantea una cuestión de control interno: quién verifica la legalidad de una campaña antes de ponerla en marcha y quién asume las consecuencias cuando el diseño de la promoción no cumple los requisitos.
La sanción de 750.000 euros demuestra que el coste de una campaña mal estructurada puede superar ampliamente el valor del premio anunciado.
Conclusión: la popularidad no sustituye a la autorización legal
La multa impuesta a EBR Management SLU por la rifa del Tesla vinculado a TheGrefg pone de relieve una cuestión esencial para la economía de los influencers: las normas que regulan las promociones y los juegos de azar también deben aplicarse al entorno digital.
La operación reunió 376.850 compras de un fondo de pantalla de un euro y ofreció como premio un vehículo de lujo. La empresa sostuvo que se trataba de una acción promocional, pero Consumo rechazó esa interpretación y mantuvo una sanción de 750.000 euros.
El caso obliga a separar dos cuestiones: el atractivo comercial de una campaña y su encaje jurídico. Una promoción puede alcanzar una enorme difusión y, aun así, incumplir las obligaciones que le corresponden.
La conclusión para los creadores de contenido es clara: antes de movilizar a cientos de miles de seguidores para participar en un sorteo, hay que comprobar si la actividad requiere autorización y qué requisitos debe cumplir.
En un mercado digital que mueve grandes cantidades de dinero, la transparencia y la prevención jurídica no son un detalle secundario. Son parte esencial de cualquier negocio sostenible.


