La Agencia Tributaria cuestiona los servicios que una sociedad vinculada a Víctor de Aldama facturó por conseguir combustible en República Dominicana. El informe apunta a una operación dentro de la investigación por el presunto fraude millonario del IVA de los hidrocarburos.
Unas facturas, unos contactos telefónicos sin periodicidad concreta y ninguna compra de combustible acreditada. Esos son algunos de los elementos que han llevado a Hacienda a poner en duda la realidad de unos trabajos por los que el empresario Víctor de Aldama habría percibido 550 000 euros.
La Agencia Tributaria ha trasladado sus sospechas al juez de la Audiencia Nacional que instruye el denominado caso hidrocarburos. Según el informe, el dinero habría salido de una operación entre Global Stratos Investments, sociedad vinculada a Aldama, y Canary Islands Fuel Company (Cifuel), una de las empresas investigadas en la causa.
La cantidad se habría abonado por supuestas gestiones de intermediación para obtener combustible y captar nuevos clientes en República Dominicana. Sin embargo, Hacienda considera que la documentación aportada no permite acreditar que esos servicios se prestaran realmente.
Los 550 000 euros bajo sospecha de Hacienda
El informe tributario examina una relación comercial entre Global Stratos Investments y Cifuel. La primera sociedad se habría comprometido a prestar, entre otros servicios, labores de intermediación para facilitar la obtención de combustibles y la captación de nuevos clientes.
Como contraprestación por esos trabajos, la empresa habría recibido 550 000 euros.
Las facturas presentadas por Cifuel describían el concepto como «servicios realizados en la República Dominicana para la obtención de combustible». No obstante, la Agencia Tributaria señala que no ha encontrado documentación que permita comprobar que se desarrollaran las gestiones facturadas.
Uno de los aspectos que más dudas suscita es la explicación ofrecida por Oriana Aciego, administradora de Cifuel e investigada en el procedimiento. Según la información trasladada por Europa Press, Aciego indicó que los contactos mantenidos fueron exclusivamente telefónicos, sin una periodicidad concreta, y que servían para comunicar posibles clientes a los que se podían realizar ventas.
La explicación no ha despejado las dudas de los inspectores.
Hacienda destaca dos carencias relevantes:
- No consta ninguna compra de combustible procedente de República Dominicana en la documentación examinada.
- No se han aportado informes ni justificantes documentales que acrediten los trabajos supuestamente realizados.
Por ello, la Agencia Tributaria considera que existen motivos para cuestionar la realidad de los servicios facturados. La sospecha es que los 550 000 euros podrían corresponder a pagos sin una prestación efectiva que los justificase.
La investigación judicial deberá determinar el destino de ese dinero y la naturaleza real de la operación. Por ahora, se trata de conclusiones y sospechas recogidas en un informe tributario, no de una declaración judicial de culpabilidad por estos hechos.
El caso hidrocarburos: una presunta trama de fraude del IVA
El pago atribuido a Aldama no aparece aislado. Hacienda lo sitúa dentro de una investigación mucho más amplia sobre un supuesto fraude fiscal en el mercado de los hidrocarburos.
En esta causa están investigados, entre otros, Víctor de Aldama y su socio Claudio Rivas, a quienes se atribuye presuntamente un papel de dirección en una estructura empresarial que habría defraudado alrededor de 200 millones de euros, según la cifra recogida en la información difundida por Europa Press.
El informe describe operaciones desarrolladas entre 2022 y 2024 mediante las que, presuntamente, se habría evitado ingresar en las arcas públicas el IVA correspondiente a la venta de combustibles.
La sociedad Villafuel ocupa una posición central en el esquema descrito por la Agencia Tributaria. Según los inspectores, la compañía habría utilizado siete sociedades interpuestas para aparentar que el hidrocarburo se transmitía entre empresas dentro de un régimen suspensivo, en lugar de reconocer que se vendía directamente a los destinatarios finales.
El objetivo habría sido ocultar quién realizaba realmente las ventas y evitar el ingreso de las cuotas tributarias correspondientes.
Cómo habría funcionado el mecanismo de las sociedades interpuestas
La explicación de Hacienda parte de una operativa que habría permitido separar formalmente la titularidad del combustible de su comercialización efectiva.
Según el informe, Villafuel habría simulado transmitir los hidrocarburos a siete sociedades interpuestas que se encontraban bajo su esfera de control. Entre ellas figuraba Cifuel, la empresa relacionada con la operación de los 550 000 euros.
Sin embargo, la Agencia Tributaria sostiene que el combustible se entregaba directamente a los clientes finales, principalmente gasolineras e intermediarios, sin que se produjera en realidad la cadena de transmisiones empresariales que aparecía sobre el papel.
De esta forma, Villafuel habría evitado repercutir, declarar e ingresar el IVA correspondiente a las ventas.
El papel de las sociedades interpuestas habría sido aparentar operaciones comerciales que desplazaban formalmente la obligación tributaria hacia otras compañías. Hacienda sostiene que estas empresas carecían de recursos financieros, humanos y técnicos suficientes para desarrollar una actividad empresarial de esa dimensión.
El informe también apunta a que varias de esas sociedades terminaban vaciándose de patrimonio y no ingresaban las cuotas de IVA que supuestamente habían repercutido a sus clientes.
La estructura habría permitido mantener una apariencia de legalidad en las operaciones mientras el impuesto no llegaba a las arcas públicas.
El IVA presuntamente defraudado habría servido para vender combustible más barato
Uno de los aspectos más relevantes del informe es la explicación que ofrece Hacienda sobre el destino del IVA que supuestamente no se ingresaba.
La Agencia Tributaria sostiene que la estructura habría dividido el aprovechamiento de las cuotas tributarias en dos grandes vías.
Por un lado, aproximadamente un 10 % del IVA supuestamente defraudado se habría utilizado para reducir el precio de venta del combustible a los clientes finales.
Por otro, el 11 % restante se habría extraído del patrimonio de las sociedades interpuestas mediante presuntos contratos de asesoramiento, formalizados en su mayoría con entidades situadas en Portugal.
Esta distribución habría permitido, según la hipótesis de los investigadores, combinar dos objetivos: ofrecer combustible a precios artificialmente bajos y canalizar parte de los fondos fuera de las sociedades españolas implicadas.
La primera vía habría proporcionado una ventaja comercial frente a operadores que sí cumplían con sus obligaciones fiscales.
Hacienda sostiene que las sociedades investigadas podían vender el combustible incluso por debajo del precio al que lo habían adquirido, porque el margen económico procedía de apropiarse del IVA que debía ingresarse en la Hacienda Pública.
El efecto habría sido doble: un perjuicio para las arcas públicas y una distorsión de la competencia en el mercado de los hidrocarburos.
Las empresas que cumplían con sus obligaciones tributarias se habrían encontrado, según el informe, en desventaja frente a operadores capaces de reducir artificialmente sus precios mediante el supuesto fraude.
Portugal y China, en el recorrido de los fondos investigados
El informe también presta atención a los movimientos de dinero fuera de España.
Hacienda afirma que una parte de los fondos habría salido de las sociedades interpuestas mediante contratos de asesoramiento con entidades situadas principalmente en Portugal. La finalidad que atribuye a estas operaciones sería deslocalizar los ingresos y dificultar el seguimiento del dinero presuntamente defraudado.
Además, los inspectores han detectado salidas de fondos hacia China. La Agencia Tributaria considera que esos movimientos podrían ser indicios de un posible vaciamiento patrimonial de las sociedades investigadas.
La finalidad habría sido dificultar la recuperación de las cantidades presuntamente defraudadas y evitar que los activos permanecieran disponibles para responder ante las obligaciones tributarias.
No obstante, el propio informe deja claro que el recorrido de esos fondos debe seguir investigándose durante la instrucción penal. La detección de transferencias no permite, por sí sola, dar por acreditado el destino definitivo del dinero ni atribuir automáticamente responsabilidades penales a todos los participantes.
La investigación judicial deberá aclarar el papel de Aldama
La operación de los 550 000 euros añade una nueva pieza a la investigación sobre el presunto fraude de hidrocarburos. La Agencia Tributaria cuestiona que los servicios facturados por Global Stratos Investments a Cifuel se prestaran realmente y considera insuficientes las explicaciones y documentos aportados.
La cuestión no se limita a determinar si existieron contactos comerciales en República Dominicana. También será necesario aclarar qué trabajos se realizaron, quién los encargó, qué utilidad tuvieron para Cifuel y por qué se abonó una cantidad tan elevada si no existe documentación que respalde las gestiones descritas.
La Audiencia Nacional tendrá que valorar el informe tributario junto con el resto de las pruebas y las explicaciones de los investigados.
Conviene mantener una distinción fundamental: los 550 000 euros son una cantidad que Hacienda atribuye presuntamente a Aldama por unos servicios que considera cuestionables; no constituyen, por sí solos, una condena ni una resolución judicial firme sobre estos hechos.
El caso vuelve a poner el foco en el funcionamiento de las sociedades interpuestas, la circulación internacional de fondos y los mecanismos que, según los investigadores, habrían permitido eludir el pago del IVA en el sector de los combustibles.
La pregunta que deberá resolver la instrucción es si las facturas respondían a servicios reales de intermediación o si, como sospecha Hacienda, se utilizaron para justificar pagos dentro de una estructura de fraude fiscal.
La respuesta dependerá de las pruebas que se incorporen al procedimiento y de lo que determine finalmente la Justicia.


