El exministro confía en que el Tribunal Constitucional ampare sus argumentos sobre una supuesta vulneración de derechos fundamentales, después de que el Supremo le condenara a 24 años y 3 meses de prisión.
José Luis Ábalos prepara ya su estrategia ante el Tribunal Constitucional mientras espera que la Sala Segunda del Tribunal Supremo resuelva el incidente excepcional de nulidad presentado contra su condena. Su defensa sostiene que durante la investigación y el juicio se produjeron vulneraciones de derechos fundamentales y plantea que, si el Supremo rechaza sus argumentos, acudirá al Constitucional en busca de amparo.
La cuestión es especialmente relevante porque el Tribunal Supremo condenó a Ábalos a 24 años y 3 meses de prisión en la sentencia dictada el 22 de junio de 2026 por la denominada pieza de las mascarillas del caso Koldo. La sentencia fue dictada por la Sala Segunda del alto tribunal, que actuó como órgano de enjuiciamiento debido al aforamiento del entonces diputado.
Ahora la defensa intenta abrir una segunda vía judicial: primero ante el propio Supremo y, si esa iniciativa no prospera, mediante un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
Ábalos confía en el Constitucional para intentar salir de prisión
La estrategia de la defensa parte de una premisa concreta: que durante la instrucción y el procedimiento penal se habrían vulnerado derechos fundamentales del exministro.
Según la información publicada por Libertad Digital, el equipo jurídico dirigido por el abogado Marino Turiel ya trabaja en el eventual recurso ante el Constitucional mientras espera la respuesta del Supremo al incidente excepcional de nulidad.
La Fiscalía, sin embargo, se ha pronunciado en contra de las pretensiones de la defensa. El fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, considera que varias de las cuestiones planteadas ya habían sido examinadas anteriormente durante el procedimiento.
Por tanto, hay dos posiciones claramente diferenciadas:
- La defensa de Ábalos sostiene que se vulneraron derechos fundamentales.
- La Fiscalía considera que las cuestiones planteadas no justifican revisar el procedimiento.
El Constitucional tendrá que determinar, llegado el caso, si existe realmente una lesión de derechos susceptible de amparo.
El Supremo condenó a Ábalos a 24 años y 3 meses
El punto de partida de la batalla jurídica es la sentencia de la Sala Segunda del Tribunal Supremo de 22 de junio de 2026.
La resolución condenó a José Luis Ábalos por varios delitos relacionados con la trama de contratación pública investigada en el caso Koldo. La resolución analiza delitos como organización criminal, cohecho, tráfico de influencias y malversación, además de otros delitos por los que el exministro fue finalmente absuelto.
La sentencia se dictó después de un juicio celebrado ante el Supremo durante abril y mayo de 2026. La causa había llegado al alto tribunal debido a la condición de aforado de Ábalos cuando se produjo la investigación.
La defensa pretende ahora cuestionar distintos aspectos de aquel procedimiento.
La defensa cuestiona la competencia del Supremo
Uno de los argumentos centrales del escrito presentado por la defensa afecta a la competencia del Tribunal Supremo.
Ábalos sostiene que, después de renunciar a su acta de diputado, la causa debería haber regresado a la Audiencia Nacional. El Supremo mantuvo su competencia al considerar que, una vez abierta la fase de juicio oral, no procedía devolver el procedimiento al órgano de origen.
La defensa considera que esa decisión vulneró sus derechos procesales y pretende que el argumento sea revisado.
Este punto resulta especialmente importante porque el Constitucional no funciona como una tercera instancia penal. Su función en un eventual recurso de amparo sería analizar posibles vulneraciones de derechos fundamentales, no volver a juzgar los hechos del caso como si se tratara de un nuevo juicio.
Los dispositivos electrónicos, otro de los argumentos
Otro de los motivos expuestos por la defensa está relacionado con el acceso a la prueba digital.
El equipo jurídico de Ábalos sostiene que el Supremo no autorizó la devolución de determinados dispositivos incautados y que ello habría impedido a la defensa comprobar, contrastar o cuestionar adecuadamente la información obtenida de esos soportes por la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil.
La defensa considera que esa circunstancia habría generado una situación de indefensión.
El planteamiento se extiende también a la cadena de custodia de los dispositivos y a la difusión pública de determinados mensajes y documentos relacionados con la investigación.
Se trata de cuestiones que, para que tengan recorrido constitucional, deberán superar un examen jurídico específico: no basta con alegar una irregularidad procesal, sino que debe acreditarse una lesión efectiva de un derecho fundamental protegido mediante el recurso de amparo.
La defensa también cuestiona las filtraciones
El escrito de Ábalos dedica parte de sus argumentos a la publicación de mensajes y otros elementos obtenidos durante la investigación.
Según la defensa, la difusión de determinadas informaciones habría afectado al derecho a la intimidad del exministro y habría condicionado la percepción pública del procedimiento. También vincula estas cuestiones con la supuesta ruptura de la cadena de custodia.
La defensa menciona asimismo un error detectado en un informe de la UCO relativo a la valoración de un inmueble en Colombia y sostiene que aquel episodio habría tenido consecuencias negativas para Ábalos.
Estos argumentos forman parte de la estrategia procesal del condenado y, por tanto, deben diferenciarse de hechos que hayan sido establecidos judicialmente.
El argumento de una investigación «prospectiva»
Otro de los reproches de la defensa es que la investigación habría tenido carácter prospectivo.
El equipo jurídico cuestiona, entre otros aspectos, que determinadas contrataciones de mascarillas realizadas por otros organismos públicos no recibieran el mismo tratamiento dentro de la investigación. La defensa utiliza este argumento para cuestionar el alcance y la orientación de las pesquisas.
La acusación de una investigación prospectiva es, en este contexto, una alegación de la defensa, no una conclusión que pueda darse por acreditada simplemente por aparecer en el escrito presentado ante el Supremo.
La diferencia es importante porque será precisamente la valoración judicial de estas alegaciones la que determine si existe una vulneración constitucional.
¿Qué podría ocurrir si el Constitucional ampara a Ábalos?
La propia defensa contempla diferentes escenarios en caso de que el Tribunal Constitucional estime un futuro recurso de amparo.
Según el planteamiento recogido por Libertad Digital, una eventual decisión favorable podría llevar a:
- La anulación o suspensión de determinados efectos de la condena, en función del alcance concreto del fallo.
- La repetición del juicio si el Constitucional considera que la vulneración de derechos exige retrotraer el procedimiento hasta un momento anterior.
- La retroacción de las actuaciones a la fase de instrucción si la lesión constitucional se hubiera producido durante la investigación.
No significa, sin embargo, que cualquiera de estas posibilidades vaya a producirse. Dependería completamente del contenido de una eventual sentencia del Constitucional y del derecho fundamental que considerase vulnerado.
El Constitucional ya inadmitió otro recurso de Ábalos
La relación entre Ábalos y el Tribunal Constitucional no comienza ahora.
En octubre de 2025, el Constitucional inadmitió por unanimidad un recurso de amparo presentado por el entonces diputado contra una resolución de la Mesa del Congreso relacionada con su situación parlamentaria mientras era investigado por la Guardia Civil. El tribunal consideró que existía una manifiesta inexistencia de vulneración de un derecho fundamental tutelable en amparo.
Aquel procedimiento era diferente del actual conflicto penal y no permite anticipar cuál sería la respuesta del tribunal ante un eventual recurso relacionado con la sentencia del caso Koldo.
La sentencia del Supremo sigue siendo el punto de partida
La sentencia de junio de 2026 constituye el elemento central de la situación jurídica actual de Ábalos.
El Supremo consideró acreditados diversos hechos que llevaron a las condenas dictadas contra los acusados de la pieza juzgada. La resolución también absolvió a los procesados de algunos delitos que habían sido objeto de acusación.
Por eso, el futuro recurso de amparo no constituye una nueva oportunidad para discutir globalmente todos los hechos del caso.
El Tribunal Constitucional no es una tercera instancia penal. Su cometido es comprobar si una actuación de los poderes públicos ha vulnerado derechos fundamentales en los términos previstos por la Constitución y por su legislación reguladora.
Esta diferencia será determinante para la estrategia de Ábalos.
La Fiscalía ya ha rechazado los argumentos de la defensa
La posición del Ministerio Fiscal supone otro obstáculo para las pretensiones del exministro.
El fiscal jefe Anticorrupción, Alejandro Luzón, ha informado en contra del incidente de nulidad promovido ante el Supremo y considera que la defensa vuelve sobre cuestiones que ya habían sido planteadas y rechazadas durante el procedimiento.
La decisión definitiva sobre este incidente corresponde al propio Tribunal Supremo.
Solo después de esa resolución quedará más definido el camino procesal hacia el Constitucional.
La batalla judicial todavía no ha terminado
La situación puede resumirse en tres etapas.
Primera: el Tribunal Supremo dictó en junio una condena de 24 años y 3 meses de prisión contra Ábalos.
Segunda: su defensa ha presentado un incidente excepcional de nulidad en el que denuncia, entre otras cuestiones, problemas relacionados con la competencia judicial, el acceso a pruebas digitales, la cadena de custodia, determinadas filtraciones y el alcance de la investigación.
Tercera: si el Supremo rechaza sus argumentos, la defensa prepara un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.
El desenlace dependerá de las decisiones de ambos tribunales y, en su caso, del análisis constitucional de los derechos fundamentales invocados.
El Constitucional afronta además otros asuntos de gran trascendencia
La eventual llegada de un recurso de Ábalos al Constitucional se produciría mientras el tribunal aborda otros asuntos jurídicamente relevantes.
En septiembre de 2026, el Constitucional ha dictado varias resoluciones importantes. Entre ellas figura la decisión de 22 de septiembre de 2026 sobre el recurso de amparo de Jordi Turull contra la decisión del Supremo de no aplicar la amnistía al delito de malversación.
El tribunal también ha dictado durante este mes resoluciones sobre la Ley del Derecho a la Vivienda, normas autonómicas y otras cuestiones constitucionales.
Este contexto explica la relevancia institucional de cualquier futuro recurso presentado por Ábalos, aunque no permite anticipar cuál será la decisión del tribunal.
Qué está realmente en juego para Ábalos
La estrategia del exministro no consiste simplemente en pedir una revisión de la condena porque considere elevada la pena.
Su defensa intenta demostrar que determinadas actuaciones durante la investigación o el proceso afectaron a derechos fundamentales. Esa es la puerta que permitiría acudir al Tribunal Constitucional.
Mientras tanto, la condena dictada por el Supremo constituye la referencia judicial fundamental del caso.
La incógnita ahora es si los argumentos planteados por la defensa lograrán convencer primero a la Sala Segunda del Tribunal Supremo y, en caso contrario, si el Tribunal Constitucional considera que alguno de los derechos fundamentales invocados ha sido efectivamente vulnerado.


