La Justicia gallega respalda la condena de prisión contra el conductor que provocó un trágico accidente mortal en A Coruña. El tribunal concluye que la velocidad extrema fue la única causa del siniestro y rechaza cualquier intento de atribuir responsabilidad a las víctimas.
Un fallo judicial que vuelve a poner el foco sobre la seguridad vial
Lo ocurrido aquella Nochebuena de 2020 sigue conmocionando a muchos coruñeses. Más de cinco años después del accidente que acabó con la vida de un matrimonio en la avenida de Fisterra, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha ratificado la condena de cuatro años y dos meses de prisión para el conductor responsable del siniestro.
La resolución, dictada el pasado 2 de junio de 2026, rechaza los recursos presentados tanto por el condenado como por su compañía aseguradora y confirma íntegramente la sentencia previamente emitida por la Audiencia Provincial de A Coruña.
El TSXG descarta cualquier responsabilidad de las víctimas
El alto tribunal gallego ha sido especialmente contundente en sus conclusiones. Según recoge la sentencia, la velocidad desproporcionada a la que circulaba el acusado fue la causa única y determinante de la colisión.
Los magistrados descartan expresamente que la maniobra realizada por el vehículo en el que viajaba el matrimonio fallecido tuviera incidencia alguna en el desenlace fatal.
Esta afirmación resulta especialmente relevante porque durante el proceso judicial la defensa intentó introducir dudas sobre la actuación del conductor fallecido. Sin embargo, los informes técnicos y periciales concluyeron que la incorporación que realizaba al tráfico era completamente legal y no infringía ninguna norma de circulación.
Una conducción temeraria en plena ciudad
Los hechos ocurrieron a las 20:36 horas del 24 de diciembre de 2020, en la intersección de la avenida de Fisterra con la calle Gutenberg, en el polígono industrial de A Grela.
El ahora condenado conducía un Honda Civic en dirección al centro de A Coruña a una velocidad de 124,99 kilómetros por hora, cuando el límite permitido en ese tramo urbano era de apenas 50 kilómetros por hora.
La diferencia resulta demoledora: circulaba a más del doble de la velocidad autorizada.
Las investigaciones realizadas por la Policía Local demostraron además que el conductor no efectuó ninguna maniobra de frenado antes del impacto, circunstancia que reforzó la tesis de una conducción extraordinariamente imprudente.
Un impacto brutal que acabó con dos vidas
El vehículo del acusado impactó violentamente contra el lateral derecho de un Volkswagen Bora ocupado por el matrimonio formado por José Antonio López, de 68 años, y Pilar Castro, de 67.
La fuerza de la colisión fue tan extrema que el turismo de las víctimas fue desplazado aproximadamente 19 metros, superó el bordillo de la acera y terminó incrustado contra una estructura de hormigón del alumbrado público.
Como consecuencia del golpe, Pilar Castro falleció prácticamente en el acto debido a un grave traumatismo craneoencefálico.
Su esposo sufrió lesiones devastadoras en distintas partes del cuerpo y murió horas después en el Complejo Hospitalario Universitario de A Coruña (Chuac), pese a los esfuerzos de los servicios de emergencia.
La prueba clave: cámaras de seguridad y análisis fotograma a fotograma
Uno de los elementos decisivos del proceso judicial fue el trabajo desarrollado por los agentes de la Policía Local de A Coruña.
Los investigadores analizaron de manera minuciosa las grabaciones de una estación de servicio próxima al lugar del accidente. Mediante un estudio fotograma a fotograma, lograron determinar con precisión la velocidad a la que circulaba el vehículo del acusado.
La solidez técnica de estos informes fue respaldada durante el juicio y terminó resultando determinante para desmontar los argumentos de la defensa.
Más de 341 000 euros de indemnización
Además de la pena privativa de libertad, la sentencia mantiene la obligación de indemnizar a los perjudicados.
El condenado y su aseguradora deberán responder solidariamente por una cuantía superior a 341 000 euros, destinada a compensar a los familiares y afectados por el trágico siniestro.
Asimismo, se confirma la retirada del permiso de conducir durante seis años y dos meses, una medida que busca proteger la seguridad vial y evitar que conductas de semejante gravedad vuelvan a repetirse.
Un accidente que cambió A Coruña
La tragedia generó una profunda conmoción social en la ciudad y abrió un intenso debate sobre la seguridad en determinados puntos de la red viaria coruñesa.
A petición de los hijos del matrimonio fallecido, las administraciones impulsaron mejoras en la zona, incluida la construcción de una nueva rotonda destinada a reducir el riesgo de accidentes.
Durante las pasadas Navidades, familiares y amigos inauguraron además un monolito en memoria de José Antonio López y Pilar Castro, convertido ya en símbolo del recuerdo y de la reivindicación de una mayor responsabilidad al volante.
La batalla judicial aún no ha terminado
Aunque el TSXG ha confirmado la condena, la resolución todavía no es firme. La defensa dispone de la posibilidad de presentar un recurso de casación ante el Tribunal Supremo.
No obstante, el mensaje trasladado por la Justicia gallega es inequívoco: la conducción a velocidades extremas en entornos urbanos constituye una conducta incompatible con la seguridad de los ciudadanos y puede tener consecuencias penales severas cuando termina costando vidas humanas.
La resolución reabre además un debate que sigue plenamente vigente en España: ¿son suficientemente duras las penas para quienes convierten las calles de las ciudades en auténticos circuitos poniendo en riesgo la vida de los demás?

