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    Política

    El Supremo no autoriza a José Luis Ábalos a salir de la cárcel para comparecer en el Senado

    enero 7, 2026No hay comentarios2 minutos
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    El Supremo no autoriza a José Luis Ábalos a salir de la cárcel
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    El Tribunal Supremo ha rechazado autorizar la salida de prisión provisional de José Luis Ábalos para acudir a la comisión de Investigación del Senado prevista para este miércoles. El magistrado de la Sala de lo Penal Leopoldo Puente considera que, “ante la singular premura de la solicitud”, no es posible conceder el permiso requerido.

    La decisión responde a la petición cursada por la Presidencia del Senado para que el exministro compareciera el 8 de enero a las 10:00 horas. El Partido Popular había citado a Ábalos para que diera explicaciones sobre contratos, licencias, concesiones y ayudas públicas relacionadas con la intermediación de Koldo García y otras personas vinculadas a la investigación de la denominada Operación Delorme.

    Falta de tiempo y periodo inhábil

    En el auto, el juez subraya que la solicitud llegó el 30 de diciembre de 2025, dentro del periodo inhábil navideño —del 24 de diciembre al 6 de enero— establecido por la Ley Orgánica del Poder Judicial para actuaciones no urgentes. “El primer día hábil para proveer acerca de la solicitud es hoy”, indica el tribunal, lo que impidió tramitarla con antelación suficiente ni dar traslado previo a las partes.

    Además, recuerda que el procedimiento ya no se encuentra en fase de instrucción, sino en procedimiento abreviado con auto de apertura de juicio oral, lo que refuerza la necesidad de respetar los tiempos y garantías procesales.

    Audiencia previa imprescindible

    Puente destaca que, antes de autorizar una comparecencia de este tipo, resulta “indispensable” celebrar una audiencia previa para que las partes puedan alegar lo que estimen oportuno, en aplicación del principio de contradicción en el proceso penal. Esa garantía, señala, no puede obviarse.

    Sin urgencia acreditada

    El magistrado añade que no concurre la urgencia legal exigida para habilitar días inhábiles o adoptar decisiones excepcionales: no se identifican “graves perjuicios a los interesados” ni a la buena administración de justicia, ni riesgo de ineficacia de una resolución judicial por la demora.

    Puerta abierta a una futura comparecencia

    Pese a la negativa actual, el Supremo deja abierta la posibilidad de que el Senado vuelva a solicitar la comparecencia de Ábalos en una fecha posterior, siempre que se tramite con plazos suficientes para permitir la audiencia previa de las partes y un pronunciamiento judicial en tiempo y forma.

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