La nueva normativa de circulación entrará en vigor el 1 de octubre de 2026 e impondrá el uso de calzado cerrado y guantes de protección en determinadas vías.
La forma de circular en moto cambiará a partir del próximo 1 de octubre. La Dirección General de Tráfico (DGT) introducirá nuevas obligaciones para motoristas y pasajeros, con el objetivo declarado de reducir los riesgos para los usuarios más vulnerables de las carreteras.
Entre las medidas destaca la obligación de llevar calzado cerrado, que impedirá circular en motocicleta o ciclomotor con chanclas. El incumplimiento de las nuevas disposiciones podrá conllevar una multa de 200 euros, al considerarse una infracción grave.
La reforma también contempla el uso obligatorio de guantes en vías interurbanas, nuevas exigencias para los cascos de ciclomotor y cambios en la circulación por el arcén cuando haya atascos.
Adiós a las chanclas: el calzado cerrado será obligatorio
Una de las principales novedades del reglamento afecta directamente a la indumentaria de los motoristas. A partir del 1 de octubre, los conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores deberán llevar calzado cerrado, independientemente de que circulen por ciudad o por carretera.
La medida afecta especialmente a quienes utilizan la moto durante los meses de verano, cuando es habitual conducir con chanclas o calzado abierto, sobre todo en zonas costeras.
Con la nueva regulación, este tipo de calzado dejará de estar permitido. El objetivo es reducir la exposición de los pies a lesiones en caso de caída o accidente.
La obligación se aplicará tanto al conductor como al acompañante. Por tanto, no bastará con que quien conduce lleve el equipamiento adecuado: el pasajero también tendrá que cumplir la norma.
Multas de 200 euros por incumplir el reglamento
El incumplimiento de las nuevas obligaciones se considerará una infracción grave, con una sanción económica de 200 euros, según la información publicada por El Periódico.
La cuantía convierte el equipamiento en una cuestión que no solo afecta a la seguridad, sino también al bolsillo de los usuarios. Los motoristas deberán prestar atención a las nuevas exigencias antes de ponerse en marcha.
Conviene distinguir entre las distintas obligaciones: el calzado cerrado se exigirá en todo tipo de vías, mientras que el uso obligatorio de guantes se aplicará en vías interurbanas.
Guantes obligatorios en carretera para conductores y pasajeros
La reforma también establece que los motoristas y sus acompañantes deberán utilizar guantes de protección cuando circulen por vías interurbanas.
La medida busca reducir las lesiones en las manos, una de las partes del cuerpo que pueden quedar expuestas durante una caída.
La obligación no se limita al conductor. Los pasajeros que viajen en motocicletas o ciclomotores también tendrán que llevar los guantes cuando circulen por este tipo de vías.
Así, la nueva regulación amplía las exigencias de protección para quienes viajan en moto, con independencia de que ocupen el asiento delantero o el trasero.
Cascos homologados para los usuarios de ciclomotores
Otro de los cambios afecta a los cascos utilizados por los conductores de ciclomotores. La nueva normativa exigirá que estén homologados, y no será suficiente con que estén simplemente certificados, como ocurría hasta ahora según la información difundida.
La modificación refuerza los requisitos del equipamiento de protección y obliga a los usuarios a comprobar que el casco que utilizan cumple las nuevas condiciones.
Antes de circular, será importante verificar que el casco se ajusta a la normativa, especialmente para quienes utilizan ciclomotores de manera habitual.
Los repartidores en moto deberán llevar chaleco reflectante
Los trabajadores que realizan repartos en motocicleta también estarán sujetos a nuevas exigencias. En concreto, los riders deberán llevar chaleco reflectante en todo momento.
La medida afecta a quienes desarrollan su actividad profesional en moto y añade una obligación específica de visibilidad durante sus desplazamientos.
El uso del chaleco busca facilitar que otros conductores puedan identificar a los repartidores, especialmente en situaciones de tráfico intenso o visibilidad reducida.
Los motoristas podrán circular por el arcén en caso de atasco
La reforma no se limita al equipamiento. También introduce un cambio en la circulación de motocicletas cuando exista congestión del tráfico.
En esas circunstancias, los motoristas podrán utilizar el arcén derecho, siempre que el tramo esté debidamente señalizado y no superen los 30 kilómetros por hora.
La autorización estará condicionada, por tanto, a la existencia de congestión, a la señalización del tramo y al respeto del límite de velocidad.
No se trata de una autorización general para circular por el arcén: los motoristas deberán cumplir las condiciones previstas en la normativa.
La DGT sitúa a los usuarios vulnerables en el centro de la reforma
El director de la DGT, Pere Navarro, explicó que las modificaciones responden a los cambios en la movilidad y a la necesidad de prestar mayor atención a los desplazamientos urbanos.
Según sus declaraciones recogidas por El Periódico, la seguridad vial ya no puede centrarse únicamente en las carreteras y los vehículos. También debe tener en cuenta a peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de patinetes eléctricos.
Estos colectivos presentan una mayor exposición a lesiones en caso de accidente, por lo que la reforma pretende reforzar su protección.
La entrada en vigor de las nuevas obligaciones supondrá cambios prácticos para quienes utilizan motocicletas y ciclomotores, tanto en sus desplazamientos cotidianos como en sus trayectos profesionales.
Qué deben tener en cuenta los motoristas desde el 1 de octubre
Las principales modificaciones recogidas en la información publicada son las siguientes:
- Calzado cerrado: obligatorio para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en cualquier vía.
- Guantes de protección: obligatorios para ambos ocupantes en vías interurbanas.
- Casco homologado: exigido a los usuarios de ciclomotores.
- Chaleco reflectante: obligatorio para los repartidores que trabajen en motocicleta.
- Circulación por el arcén: permitida a las motos cuando exista congestión, en tramos señalizados y a un máximo de 30 km/h.
- Sanción: el incumplimiento de las nuevas disposiciones podrá constituir una infracción grave sancionada con 200 euros.
La fecha clave será el 1 de octubre de 2026, cuando comenzarán a aplicarse las modificaciones descritas.
Una reforma que obliga a revisar el equipamiento de la moto
Los cambios anunciados por la DGT afectan a hábitos muy extendidos, especialmente el uso de calzado abierto durante el verano. También incorporan nuevas obligaciones para los acompañantes y para quienes utilizan la motocicleta como herramienta de trabajo.
La reforma combina medidas de protección personal con una nueva posibilidad de circulación en situaciones de congestión. Para los usuarios, el principal cambio inmediato será comprobar que cumplen los requisitos de equipamiento antes de circular.


